Resolución núm. 144 EXENTA, publicada el 09 de Mayo de 2018. ESTABLECE FUNCIONARIOS DEL CONSEJO PARA LA TRANSPARENCIA CONSIDERADOS SUJETOS PASIVOS DE LOBBY CONFORME A LA LEY N° 20.730, QUE REGULA EL LOBBY Y LAS GESTIONES QUE REPRESENTEN INTERESES PARTICULARES ANTE LAS AUTORIDADES Y FUNCIONARIOS
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | CONSEJO PARA LA TRANSPARENCIA |
Rango de Ley | Resolución |
ESTABLECE FUNCIONARIOS DEL CONSEJO PARA LA TRANSPARENCIA CONSIDERADOS SUJETOS PASIVOS DE LOBBY CONFORME A LA LEY N° 20.730, QUE REGULA EL LOBBY Y LAS GESTIONES QUE REPRESENTEN INTERESES PARTICULARES ANTE LAS AUTORIDADES Y FUNCIONARIOS
Núm. 144 exenta.- Santiago, 2 de mayo de 2018.
Visto:
Lo dispuesto en la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, aprobada por el artículo primero de la ley Nº 20.285, especialmente sus artículos 33 letra l), 36 y 42 letras a) y b); la Ley Nº 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; la ley Nº 20.730, que regula el lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades y funcionarios; el decreto Nº 71, de 2014, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueba el Reglamento de la ley Nº 20.730; la resolución exenta Nº 180, de 29 de abril de 2015, que establece funcionarios del Consejo para la Transparencia considerados sujetos pasivos de lobby conforme a la ley Nº 20.730; la resolución exenta Nº 62, de 2018, de 9 de febrero de 2018, que complementa la resolución exenta Nº 180, de 2015, a efectos de incorporar nuevos funcionarios del Consejo para la Transparencia como sujetos pasivos del lobby conforme a la ley Nº 20.730; y la resolución exenta Nº 1, de 6 de marzo de 2009, que aprobó el contrato de trabajo del Director General del Consejo, don Raúl Ferrada Carrasco.
Considerando:
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Que el Consejo para la Transparencia ha sido creado por la Ley Nº 20.285, de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, como una corporación autónoma de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que tiene por objeto promover la transparencia de la función pública, fiscalizar el cumplimiento de las normas sobre transparencia y publicidad de la información de los órganos de la Administración del Estado, y garantizar el derecho de acceso a la información.
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Que según lo dispone el artículo 4º numeral 7 de la ley Nº 20.730, que regula el lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades y funcionarios, en adelante "Ley del Lobby", son sujetos pasivos de dicha ley -entre otros- los consejeros del Consejo para la Transparencia.
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Que conforme al inciso segundo del citado artículo 4º de la Ley del Lobby, este...
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