Resolución núm. 1431 EXENTA, publicada el 02 de Abril de 2020. AUTORIZA PRÓRROGA EN LA RENOVACIÓN DE PERMISOS O AUTORIZACIONES REGIDOS POR LA LEY N° 18.356 - MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 842547211

Resolución núm. 1431 EXENTA, publicada el 02 de Abril de 2020. AUTORIZA PRÓRROGA EN LA RENOVACIÓN DE PERMISOS O AUTORIZACIONES REGIDOS POR LA LEY N° 18.356

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Rango de LeyResolución

AUTORIZA PRÓRROGA EN LA RENOVACIÓN DE PERMISOS O AUTORIZACIONES REGIDOS POR LA LEY N° 18.356

Núm. 1.431 exenta.- Santiago, 30 de marzo de 2020.

Vistos:

  1. Lo establecido en los artículos 19 N° 1 y 9, 32 N° 5 y 39, 41 y 43 de la Constitución Política de la República.

  2. El decreto con fuerza de ley N° 1-19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575 "Orgánica Constitucional de las Bases Generales de la Administración del Estado".

  3. El decreto N° 4, de 2020, del Ministerio de Salud, que decreta alerta sanitaria y otorga facultades extraordinarias por emergencia de salud pública de importancia internacional por brote del nuevo coronavirus.

  4. La resolución N° 180, de 2020, del Ministerio de Salud, que dispone medidas sanitarias por brote del Covid-19.

  5. La resolución N° 183, de 2020, del Ministerio de Salud, que dispone medidas sanitarias por brote del Covid-19.

  6. La Ley N° 18.356 "Establece Normas sobre Control de las Artes Marciales", Art. N° 2 y su Reglamento Complementario Arts. N°s. 5, 6, 7 y 19 al 23.

  7. La Ley N° 19.880 "Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado", Arts. N°s. 32 y 63.

  8. El Instructivo de la Contraloría General de la República "Sobre las Medidas de Gestión que pueden adoptar los Órganos de la Administración del Estado a Propósito del Brote de Covid.-19, N° 3610, del 17.Mar.2020.

    Considerando:

  9. Que la pandemia decretada por la OMS (Covid-19) representa una situación fortuita que, atendidas las graves consecuencias que su propagación en la población puede generar, habilita la adopción de medidas extraordinarias de gestión interna de los Órganos del Estado y Servicios Públicos que conforman la Administración del Estado, con el objeto de resguardar a las personas que en ellos se desempeñan y a la población, evitando así la extensión del virus.

  10. Que la función desarrollada por las diferentes Autoridades Fiscalizadoras, a nivel nacional, se efectúa en gran parte en contacto directo con Representantes de Disciplinas, Establecimientos, Academias, Instructores, Alumnos, quienes acuden con la finalidad de realizar diferentes actuaciones administrativas, como también, en consideración a:

    1. La Ley N° 18.356, mencionada en el N° 6 de "Vistos", la cual señala en su Art. N° 2 que corresponderá al Ministerio de Defensa Nacional, por intermedio de la Dirección...

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