Resolución núm. 1420 EXENTA, publicada el 08 de Marzo de 2016. SELECCIONA AL CONJUNTO HABITACIONAL SAN AGUSTÍN DE LA COMUNA DE PUCHUNCAVÍ PARA EL DESARROLLO DE LA LÍNEA DE REGENERACIÓN DE CONDOMINIOS SOCIALES - MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 609060998

Resolución núm. 1420 EXENTA, publicada el 08 de Marzo de 2016. SELECCIONA AL CONJUNTO HABITACIONAL SAN AGUSTÍN DE LA COMUNA DE PUCHUNCAVÍ PARA EL DESARROLLO DE LA LÍNEA DE REGENERACIÓN DE CONDOMINIOS SOCIALES

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Rango de LeyResolución

SELECCIONA AL CONJUNTO HABITACIONAL SAN AGUSTÍN DE LA COMUNA DE PUCHUNCAVÍ PARA EL DESARROLLO DE LA LÍNEA DE REGENERACIÓN DE CONDOMINIOS SOCIALES

Santiago, 3 de marzo de 2016.- Hoy se resolvió lo que sigue:

Núm. 1.420 exenta.

Vistos:

  1. Lo dispuesto en el decreto ley Nº 1.305 de 1975, que Reestructura y Regionaliza el Ministerio de Vivienda y Urbanismo;

  2. El decreto supremo Nº 397 de (V. y U.), Reglamento Orgánico de las Secretarías Regionales Ministeriales;

  3. Resolución exenta Nº 2.385 de (V. y U.), del 13 de abril de 2015, que crea en la División de Desarrollo Urbano el Departamento de Obras Urbanas; modifica denominación y dependencia de la Secretaría Ejecutiva del Desarrollo de Barrios; define funciones de la División de Desarrollo Urbano; modifica la resolución exenta Nº 1.379, de (V. y U.) de 2010, en el sentido que indica y deroga resoluciones exentas Nº 3.501, de (V. y U.) de 2008, y Nº 9.774, de (V. y U.) de 2011;

  4. El Ord. 529 de fecha 7 de julio de 2015 de la Ministra de Vivienda y Urbanismo, que informa Selección Línea Regeneración de Condominios Sociales;

  5. La Minuta de la Reunión de Selección Casos de Regeneración de Condominios Sociales realizada el 20 de marzo de 2015;

  6. La Ficha de Caracterización de Casos para línea de Regeneración de Condominios Sociales de la Región de Valparaíso;

  7. La resolución Nº 1.600, de 2008 de la Contraloría General de la República que establece normas sobre exención del trámite de torna de Razón.

    Considerando:

  8. El marco general que entrega la Política Nacional de Desarrollo Urbano para el diseño y ejecución de la línea de Regeneración Urbana en condominios sociales, ya que tiene dentro de sus objetivos "revertir las actuales situaciones de segregación social urbana (objetivo 1.2.)", donde en forma explícita señala que se deben "generar estrategias de intervención específicas, que incluyan planes y proyectos de remodelación urbana o relocalización, en conjuntos de edificios cuyo deterioro físico sea irrecuperable (objetivo 1.2.2.)". Agrega además que se deben "implementar políticas de recuperación de condominios sociales dirigidas a familias propietarias de viviendas en edificaciones colectivas que presenten problemas urbanos o constructivos críticos, tales como densidad excesiva, tamaño insuficiente, problemas sociales como alta concentración de pobreza o delincuencia (objetivo 1.2.6)".

  9. Que, en consideración a lo anterior, se ha definido una línea...

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