Resolución núm. 141 EXENTA, publicada el 17 de Abril de 2020. REGULARIZA REANUDACIÓN DE LAS OPERACIONES DE CRÉDITO EN LA UNIDAD DE CRÉDITO DE SAN DIEGO - MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 842847931

Resolución núm. 141 EXENTA, publicada el 17 de Abril de 2020. REGULARIZA REANUDACIÓN DE LAS OPERACIONES DE CRÉDITO EN LA UNIDAD DE CRÉDITO DE SAN DIEGO

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
Rango de LeyResolución

REGULARIZA REANUDACIÓN DE LAS OPERACIONES DE CRÉDITO EN LA UNIDAD DE CRÉDITO DE SAN DIEGO

Núm. 141 exenta.- Santiago, 14 de abril de 2020.

Vistos:

  1. La ley Nº 18.575 Orgánica Constitucional, sobre Bases Generales de la Administración del Estado.

  2. La ley Nº 19.880, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, sobre Bases de los Procedimientos Administrativos.

  3. El DFL Nº 16, de 1986, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, Subsecretaría del Trabajo.

  4. Las resoluciones Nº 6, Nº 7 y Nº 8, todas de la Contraloría General de la República.

    Considerando:

  5. Que la autoridad sanitaria ha declarado al coronavirus Covid-19 en fase 4, señalando además serie de medidas para el control de la propagación de la enfermedad, como se desprende de lo informado en la siguiente publicación de 16 de marzo de 2020: https://www.minsal.cl/coronavirus-en-chile-pasa-a-fase-4-y-presidente-anuncia-cierre-de-frontera.

  6. El Gab. Pres. Nº 3 de 16 de marzo de 2020 mediante el cual, S.E. el Presidente de la República, "Imparte Instrucciones y medidas de prevención y reacción por casos de Covid-19 a los ministerios y a los servicios públicos que dependan o se relacionen a través de ellos".

  7. El Instructivo de aplicación inmediata por pandemia coronavirus (Covid-19), Dirección General del Crédito Prendario de 16 de marzo de 2020.

  8. El Dictamen Nº 3.610, de la Contraloría General de la República, de 17 de marzo de 2020, sobre medidas de gestión que pueden adoptar los órganos de la Administración del Estado a propósito del brote del Covid-19.

  9. La resolución exenta Nº 105, de la Dirección General del Crédito Prendario, de fecha 17 de marzo de 2020, que autoriza exención de control horario y modalidad de trabajo remota para los funcionarios que se indican.

  10. La resolución exenta Nº 106, de la Dirección General del Crédito Prendario, de fecha 18 de marzo de 2020, que autoriza modalidad flexible de organización del trabajo para los funcionarios que indica y establece medidas a propósito del brote de Covid-19.

  11. La resolución exenta Nº 109, de la Dirección General del Crédito Prendario, de fecha 23 de marzo de 2020, que autoriza exención de control horario y modalidad de trabajo remota para los funcionarios que se indican, en conformidad a lo dispuesto por resolución exenta Nº 106, citada en considerando anterior.

  12. La resolución exenta Nº 126, de la Dirección General del Crédito Prendario, de fecha 26 de marzo de 2020, que establece modalidad de tramitación...

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