Resolución núm. 1408 EXENTA, publicada el 15 de Julio de 2019. RECTIFICA DE OFICIO LLAMADO A CONCURSO PÚBLICO CORRESPONDIENTE AL SEGUNDO CUATRIMESTRE DE 2019, EN EL SENTIDO QUE INDICA - MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 798938225

Resolución núm. 1408 EXENTA, publicada el 15 de Julio de 2019. RECTIFICA DE OFICIO LLAMADO A CONCURSO PÚBLICO CORRESPONDIENTE AL SEGUNDO CUATRIMESTRE DE 2019, EN EL SENTIDO QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyResolución

RECTIFICA DE OFICIO LLAMADO A CONCURSO PÚBLICO CORRESPONDIENTE AL SEGUNDO CUATRIMESTRE DE 2019, EN EL SENTIDO QUE INDICA

Santiago, 8 de julio de 2019.- Con esta fecha se ha resuelto lo que sigue:

Núm. 1.408 exenta.

Vistos:

  1. El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría;

  2. La ley Nº 18.168, de 1982, Ley General de Telecomunicaciones, y sus modificaciones posteriores, en adelante la ley;

  3. La ley Nº 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado;

  4. El decreto supremo Nº 126, de 1997 y sus modificaciones, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora;

  5. La resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.

    Considerando:

  6. Que, de conformidad con el artículo 13º, inciso segundo, de la ley, se efectuó el llamado a concurso público para el otorgamiento de concesiones de radiodifusión sonora, correspondiente al Segundo Cuatrimestre de 2019, el que fue publicado en la edición Nº 42.354 del Diario Oficial del día 15 de mayo de 2019, comprendiendo las concesiones que fueron solicitadas.

  7. Que, en el citado cuatrimestre en la modalidad de radiodifusión comunitaria ciudadana, en la Región de Coquimbo, se indica Pichidangui, debiendo ser el llamado para la comuna de Los Vilos.

  8. Que, el artículo 62º de la ley Nº 19.880, citada en el literal c) de los Vistos, faculta a la autoridad administrativa para que, de oficio, aclare los puntos dudosos u obscuros y rectifique los errores de copia, de referencia, de cálculos numéricos y, en general, los puramente materiales o de hecho que aparecieren de manifiesto en el acto administrativo de que se trata, y en uso de mis atribuciones,

    Resuelvo:

    1. Rectifíquese de oficio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 62º de la ley Nº 19.880, el llamado...

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