Resolución núm. 139 EXENTA, publicada el 04 de Abril de 2016. MODIFICA NORMA DE PARTICIPACION CIUDADANA DE LA AGENCIA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL DE CHILE - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 632005741

Resolución núm. 139 EXENTA, publicada el 04 de Abril de 2016. MODIFICA NORMA DE PARTICIPACION CIUDADANA DE LA AGENCIA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL DE CHILE

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Rango de LeyResolución

MODIFICA NORMA DE PARTICIPACION CIUDADANA DE LA AGENCIA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL DE CHILE

Núm. 139 exenta.- Santiago, 11 de marzo de 2016.

Vistos:

Lo dispuesto en los artículos 1, 5, 6, 7 y 8, Nos 12, 14 y 15 del art. 19 de la Constitución Política del Estado; la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Ley N° 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de la Administración del Estado; la Ley N° 20.285, sobre Acceso a la Información Pública; la Ley N° 20.500, sobre Asociaciones y Participación Ciudadana en la Gestión Pública, el Instructivo Presidencial N° 7, de 6 de agosto de 2014, Orgánica de la Agencia de Cooperación Internacional de Chile, y sus modificaciones; en la resolución N° 10, de 1996, Reglamento de la Agencia de Cooperación Internacional de Chile; y, en la resolución N°1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República,

Considerando:

  1. - Que, con fecha 16 de febrero del año 2011, se publicó en el Diario Oficial el texto de la Ley N° 20.500, sobre Asociaciones y Participación Ciudadana en la Gestión Pública, la cual en su Título IV reconoce el derecho a las personas a participar en políticas, planes, programas y acciones del Estado, obligando a sus órganos a establecer las distintas modalidades formales y específicas de participación que tendrán las personas y organizaciones en el ámbito de su competencia.

  2. - Que, para adecuar las normas existentes en este Servicio, y en estricto cumplimiento con lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 70 de dicha ley, es que se hace necesario actualizar y establecer los distintos mecanismos de participación ciudadana que tendrá la Agencia de Cooperación Internacional de Chile, con el objeto de promover el perfeccionamiento del sistema democrático del país, por medio de diversas iniciativas tendientes a promover la participación ciudadana en la gestión pública en torno a cuatro ejes programáticos: 1.- Acceso a la Información Relevante; 2.- Consulta Ciudadana; 3.- Cuenta Pública Participativa, y 4.- Consejos de la Sociedad Civil.

  3. Que mediante el nuevo Instructivo Presidencial N° 7, de 6 de agosto de 2014, la Presidenta de la República ha estimado poner al día los lineamientos gubernamentales sobre la aplicación de la ley N°20.500 y comprometer coordinadamente a los organismos de la Administración del Estado en la...

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