Resolución núm. 1365 EXENTA, publicada el 16 de Septiembre de 2020. FLEXIBILIZA PLAZOS SEÑALADOS EN LA NORMATIVA DEL DS N° 49 (V. Y U.), DE 2011, QUE REGLAMENTA EL PROGRAMA HABITACIONAL FONDO SOLIDARIO DE ELECCIÓN DE VIVIENDA, POR LOS MOTIVOS Y EN LA FORMA QUE SE INDICA - MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 847981846

Resolución núm. 1365 EXENTA, publicada el 16 de Septiembre de 2020. FLEXIBILIZA PLAZOS SEÑALADOS EN LA NORMATIVA DEL DS N° 49 (V. Y U.), DE 2011, QUE REGLAMENTA EL PROGRAMA HABITACIONAL FONDO SOLIDARIO DE ELECCIÓN DE VIVIENDA, POR LOS MOTIVOS Y EN LA FORMA QUE SE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Rango de LeyResolución

FLEXIBILIZA PLAZOS SEÑALADOS EN LA NORMATIVA DEL DS N° 49 (V. Y U.), DE 2011, QUE REGLAMENTA EL PROGRAMA HABITACIONAL FONDO SOLIDARIO DE ELECCIÓN DE VIVIENDA, POR LOS MOTIVOS Y EN LA FORMA QUE SE INDICA

Santiago, 10 de septiembre de 2020.- Hoy se resolvió lo que sigue:

Núm. 1.365 exenta.

Visto:

  1. El DS N° 49 (V. y U.), de 2011 y sus modificaciones, que reglamenta el Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, especialmente lo indicado en su artículo 6;

  2. El DS N° 104, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, de 2020, que declara estado de excepción constitucional de catástrofe, por calamidad pública, en el territorio de Chile;

  3. El DS N° 107, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, de 2020, que declara como Zonas Afectadas por Catástrofe a las comunas que indica;

  4. El DS N° 269, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, de 2020, que prorroga el estado de excepción constitucional de catástrofe, por calamidad pública, en el territorio chileno, declarado por decreto señalado en el visto b), por 90 días más a contar de su vencimiento;

  5. El DS N° 4, del Ministerio de Salud, de 2020, y sus modificaciones, que declaró alerta sanitaria para enfrentar la amenaza a la salud pública de importancia internacional (ESPII) producida por el brote del nuevo coronavirus;

  6. El dictamen de la Contraloría General de la República N° 3.610, de fecha 17 de marzo de 2020, que faculta a los Jefes de Servicio para suspender los plazos en los procedimientos administrativos o para extender su duración, sobre la base de la situación de caso fortuito que se viene produciendo, y

Considerando:

1) Que, a raíz de las medidas generales de prevención que se están tomando frente a la pandemia por coronavirus (Covid-19), se prevé una dificultad para la ejecución de algunos procedimientos y para la obtención de diversos documentos que exige el Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, por lo que resulta indispensable flexibilizar los plazos que en este se establecen para su adecuada implementación en el contexto de pandemia en que nos encontramos.

2) Que la Contraloría General de la República, en su dictamen N° 3.610 de 2020, junto con señalar que la pandemia que afecta al territorio nacional representa una situación de caso fortuito que habilita a los órganos de la Administración del Estado a adoptar las medidas que el ordenamiento jurídico les confiere, a fin de resguardar la vida y salud de sus servidores, así...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR