Resolución núm. 1364 EXENTA, publicada el 06 de Agosto de 2020. PRORROGA RESOLUCIONES DGA (EXENTAS) Nº 492, DE 27 DE MARZO; Nº 957, DE FECHA 20 DE MAYO, Nº 1.014, DE 3 DE MAYO, Nº 1.141, DE 24 DE JUNIO Y Nº 1.208, DE 8 DE JULIO, TODAS DEL 2020, QUE DISPONEN SUSPENSIÓN DE PLAZOS EN PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS QUE INDICA - MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 847027264

Resolución núm. 1364 EXENTA, publicada el 06 de Agosto de 2020. PRORROGA RESOLUCIONES DGA (EXENTAS) Nº 492, DE 27 DE MARZO; Nº 957, DE FECHA 20 DE MAYO, Nº 1.014, DE 3 DE MAYO, Nº 1.141, DE 24 DE JUNIO Y Nº 1.208, DE 8 DE JULIO, TODAS DEL 2020, QUE DISPONEN SUSPENSIÓN DE PLAZOS EN PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Rango de LeyResolución

PRORROGA RESOLUCIONES DGA (EXENTAS) Nº 492, DE 27 DE MARZO; Nº 957, DE FECHA 20 DE MAYO, Nº 1.014, DE 3 DE MAYO, Nº 1.141, DE 24 DE JUNIO Y Nº 1.208, DE 8 DE JULIO, TODAS DEL 2020, QUE DISPONEN SUSPENSIÓN DE PLAZOS EN PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS QUE INDICA

Núm. 1.364 exenta.- Santiago, 31 de julio de 2020.

Vistos:

  1. El decreto Nº 4, de 5 de enero de 2020, del Ministerio de Salud, que decretó Alerta Sanitaria otorgando facultades extraordinarias a dicha cartera por emergencia de salud pública de importancia internacional (ESPII) por brote del nuevo coronavirus (2019-nCoV);

  2. El Instructivo Presidencial Nº 3, de 16 de marzo de 2020, que ha establecido una serie de medidas, entre las cuales se encuentran instrucciones para proteger a los trabajadores del sector público;

  3. El oficio Nº 3.610, de la Contraloría General de la República, de 17 de marzo de 2020, sobre medidas de gestión que pueden adoptar los Órganos de la Administración del Estado a propósito del brote de COVID-19;

  4. El artículo 5º de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, de 2001;

  5. Los artículos , , 32 y 63 de la ley Nº 19.880, de 2003, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado;

  6. Los artículos 130 y siguientes; 146 bis; 172, 173, 303, 306, 307, 314 y 315 del Código de Aguas, y la atribución del artículo 300 letra c) del Código de Aguas;

  7. Las resoluciones DGA (exentas) Nº 492, de 27 de marzo; Nº 957, de fecha 20 de mayo, Nº 1.014, de 3 de mayo, Nº 1.141, de 24 de junio, y Nº 1.208, de 8 de julio, todas de 2020;

  8. La resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, fija normas sobre exención del trámite de toma de razón y

    Considerando:

  9. Que, mediante decreto Nº 4, del Ministerio de Salud, de 5 de enero de 2020, se decretó la alerta sanitaria en todo el territorio nacional para enfrentar la amenaza a la salud pública producida por la propagación, a nivel mundial, del nuevo Coronavirus 2019 (2019-nCov).

  10. Que, es un hecho público y notorio que la pandemia de 2019-nCov, ha hecho necesario establecer una serie de restricciones a la población chilena para el cuidado de la salud pública. Dichas medidas impactan directa o indirectamente en la posibilidad que tienen los administrados de intervenir en los procedimientos administrativos, ya sea acompañando documentos o antecedentes; interponiendo recursos o bien, presentando oposiciones a procedimientos iniciados por terceros, todo dentro de los plazos legales.

  11. Que, en dicho contexto, la Contraloría General de la República, por medio del oficio Nº 3.610, de 17 de marzo de 2020, estableció medidas de gestión que pueden adoptar los Órganos de la Administración del Estado, dentro de las que se encuentra la facultad a los jefes superiores de los servicios para suspender los plazos en los procedimientos administrativos para extender su duración, sobre la base de la situación de caso fortuito que se viene produciendo en el país.

  12. Que, al efecto, señala que deberá considerarse especialmente la naturaleza de los actos terminales a que darán origen los procedimientos administrativos, pudiendo suspenderse los plazos respecto de algunos de ellos, pero siempre respetando la igualdad de...

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