Resolución núm. 135 EXENTA, publicada el 09 de Agosto de 2017. MODIFICA RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 18, DE 2016, DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO, EN LOS TÉRMINOS QUE INDICA - MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 690987153

Resolución núm. 135 EXENTA, publicada el 09 de Agosto de 2017. MODIFICA RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 18, DE 2016, DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO, EN LOS TÉRMINOS QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Rango de LeyResolución

MODIFICA RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 18, DE 2016, DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO, EN LOS TÉRMINOS QUE INDICA

Núm. 135 exenta.- Santiago, 31 de julio de 2017.

Visto:

Lo dispuesto en la ley Nº 20.981; el decreto con fuerza de ley Nº 211, de 1960, del Ministerio de Hacienda; el acuerdo Nº 2.868, de 23 de marzo de 2015, del Consejo de la Corporación de Fomento de la Producción, en adelante Corfo; las resoluciones Nos 49, 50 y 51, todas de 2015, de la Vicepresidencia Ejecutiva de Corfo; y en las resoluciones Nº 1.600, de 2008, y N° 10, de 2017, ambas de la Contraloría General de la República.

Considerando:

  1. Que, el acuerdo de Consejo Nº 2.868, de 2015, creó los Comités denominados "Comités de Desarrollo Productivo Regional" en cada una de las regiones del país.

  2. Que, mediante la resolución Nº 49 de 2015, se aprobó el reglamento del Comité de Desarrollo Productivo Regional de la Región de Antofagasta, cuyo artículo 3º establece que este organismo tendrá un Consejo Directivo integrado por, entre otros, un(a) representante del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo.

  3. Que, mediante la resolución ministerial Nº 18, de 2016, de este origen, se nombraron los representantes titulares y suplentes de este ministerio ante el referido consejo directivo.

Resuelvo:

Artículo único

Reemplácese el inciso segundo del artículo primero de la resolución ministerial Nº 18, de 2016, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, por el que a continuación se anota:

"En caso de ausencia o impedimento, será reemplazado por doña...

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