Resolucion núm. 1294 EXENTA, el 07 de Agosto de 2015. EJECUTA ACUERDO DEL COMITÉ DE ASIGNACIÓN DE FONDOS - CAF QUE COMPLEMENTA ACUERDO DE CONSEJO Nº 2.682, DE 2011, CON SUS MODIFICACIONES POSTERIORES, QUE REGULA SISTEMA DE FOMENTO A LA CALIDAD Y A LA PRODUCTIVIDAD; DEJA SIN EFECTO RESOLUCIÓN QUE INDICA Y APRUEBA NUEVO TEXTO DEL REGLAMENTO PARA EL INSTRUMENTO 'FOMENTO A LA CALIDAD - FOCAL' - MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 579827278

Resolucion núm. 1294 EXENTA, el 07 de Agosto de 2015. EJECUTA ACUERDO DEL COMITÉ DE ASIGNACIÓN DE FONDOS - CAF QUE COMPLEMENTA ACUERDO DE CONSEJO Nº 2.682, DE 2011, CON SUS MODIFICACIONES POSTERIORES, QUE REGULA SISTEMA DE FOMENTO A LA CALIDAD Y A LA PRODUCTIVIDAD; DEJA SIN EFECTO RESOLUCIÓN QUE INDICA Y APRUEBA NUEVO TEXTO DEL REGLAMENTO PARA EL INSTRUMENTO 'FOMENTO A LA CALIDAD - FOCAL'

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Rango de LeyResolución

EJECUTA ACUERDO DEL COMITÉ DE ASIGNACIÓN DE FONDOS - CAF QUE COMPLEMENTA ACUERDO DE CONSEJO Nº 2.682, DE 2011, CON SUS MODIFICACIONES POSTERIORES, QUE REGULA SISTEMA DE FOMENTO A LA CALIDAD Y A LA PRODUCTIVIDAD; DEJA SIN EFECTO RESOLUCIÓN QUE INDICA Y APRUEBA NUEVO TEXTO DEL REGLAMENTO PARA EL INSTRUMENTO "FOMENTO A LA CALIDAD - FOCAL"

Núm. 1.294 exenta.- Santiago, 30 de julio de 2015.

Visto:

  1. Los Acuerdos del H. Consejo Nº 2.682, de 2011, modificado por el Acuerdo Nº 2.769, de 2013, que regulan el Sistema de Fomento a la Calidad y a la Productividad, ejecutados por las resoluciones afectas Nº 30, de 2013, y Nº42, de 2014, ambas del Vicepresidente Ejecutivo de CORFO.

  2. El Acuerdo del H. Consejo Nº 2.770, de 2013, que consolida las normas que regulan al Comité de Asignación de Fondos - CAF y a los Comités de Asignación Zonal de Fondos - CAZ, puesto en ejecución por la resolución (A) Nº 28, de 2013, del Vicepresidente Ejecutivo, en cuya letra A.21 se señala que se ha delegado en el CAF el conocimiento y la resolución de: "Modificar y poner término a los Instrumentos y Programas creados por el Consejo de CORFO, cuya administración se encuentre entregada a la actual Gerencia de Competitividad. Las modificaciones podrán decir relación con cualquiera de los elementos, condiciones y requisito establecidos en el acto de creación".

  3. La resolución (E) Nº 174, de 2015, del Gerente de Desarrollo Competitivo, que aprobó la nueva normativa para el Instrumento Fomento a la Calidad - Focal.

  4. El Acuerdo alcanzado por el Comité de Asignación de Fondos - CAF, en su sesión Nº 12/2015, de 24 de junio de 2015, que estableció nuevas regulaciones para el instrumento Fomento a la Calidad - Focal.

  5. Lo dispuesto en el artículo 3º de la ley Nº 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, en orden a que las decisiones de los órganos administrativos pluripersonales se llevarán a efecto por medio de resoluciones de la autoridad ejecutiva correspondiente.

  6. Las facultades que me confiere la resolución (A) Nº 28, de 2013, del Vicepresidente Ejecutivo de CORFO, que aprueba el Reglamento del Comité de Asignación de Fondos - CAF y Comités de Asignación Zonal de Fondos - CAZ; la resolución (E) de Personal Nº 143, de 2014, que me designó como Gerente de Desarrollo Competitivo, y lo dispuesto en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.

    Resuelvo:

    1. Ejecútase el Acuerdo adoptado por el Comité de Asignación de Fondos - CAF, en su sesión Nº 12, de 24 de junio de 2015, que resolvió lo siguiente:

    1. Compleméntanse los Acuerdos del H. Consejo Nº 2.682, de 2011, modificado por el Acuerdo Nº 2.769, de 2013, que regulan el Sistema de Fomento a la Calidad y a la Productividad, ejecutados por las resoluciones (A) Nº 30, de 2013 y (A) Nº 42, de 2014, ambas del Vicepresidente Ejecutivo de CORFO, estableciendo nuevas regulaciones para el instrumento denominado "Fomento a la Calidad - Focal", en los siguientes términos:

  7. OBJETIVO.

    El objetivo general de este Programa es apoyar a las empresas en el mejoramiento de la productividad y competitividad, a través de un incentivo a la implementación y certificación de normas técnicas de sistemas de gestión y de productos o de protocolos, reconocidos por esta Corporación como habilitantes para acceder a mercados más sofisticados o de exportación.

  8. DESCRIPCIÓN.

    Este Programa cofinanciará los costos de consultoría y/o asistencia técnica en que incurra o haya incurrido una empresa para certificar normas técnicas de sistemas de gestión y de productos o de protocolos, comprendiendo tanto la obtención del o los certificados como el proceso de implementación necesario para ello.

    Sólo se apoyará la certificación y primera recertificación, cualquiera sea el Documento Normativo.

    El listado con los Documentos Normativos -Normas y Protocolos- que serán cofinanciados por este instrumento, serán definidos por resolución del Gerente de Desarrollo Competitivo de CORFO, la que deberá ser publicada en la página web de CORFO.

    Las certificaciones y recertificaciones de Normas Chilenas cofinanciables, deberán ser otorgadas por organismos acreditados por el Instituto Nacional de Normalización - INN o por un organismo de acreditación extranjero que sea signatario de un acuerdo de reconocimiento multilateral (MLA/MRA), reconocido por el International Accreditation Forum (IAF), en el área y con el alcance específico de la acreditación que otorga.

    La Gerencia de Desarrollo Competitivo informará, a través de la página web de CORFO, los organismos habilitados para certificar o recertificar los otros documentos normativos.

  9. MODALIDADES DE ENTREGA DEL COFINANCIAMIENTO.

    Este Programa operará bajo dos modalidades:

    . Modalidad de reembolso: El/los beneficiario/s que tenga/n en su poder una certificación de aquellos documentos normativos apoyados por este instrumento, podrá/n solicitar el reembolso de los gastos asociados a la implementación y/o certificación, tales como certificados, consultoría, asistencia técnica y capacitación, siempre que éstas no hayan sido apoyadas mediante otros instrumentos de CORFO. También podrán postular con el certificado de la primera recertificación.

    Las certificaciones o recertificaciones no podrán poseer una antigüedad mayor a seis meses contados desde la fecha de emisión del certificado hasta la presentación del Formulario de Postulación al Agente Operador Intermediario.

    . Modalidad de avance: El/los beneficiario/s que desee/n certificar aquellos documentos normativos apoyados por este instrumento, podrá/n solicitar de CORFO cofinanciar los costos de consultoría, asistencia técnica, capacitación y/o certificación en los que incurra una empresa durante la implementación y certificación de normas y protocolos. También podrán postular con un Plan de Trabajo asociado sólo a la primera recertificación.

  10. MODALIDAD DE POSTULACIÓN.

    Este Programa establece dos modalidades de postulación:

    . Individual: Proyectos postulados por una empresa.

    . Colectivo...

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