Resolución núm. 1244 EXENTA, publicada el 25 de Junio de 2019. CREA SISTEMA DE RECEPCIÓN DE INFORMACIÓN SOBRE PLANES DE SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES - MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 794910405

Resolución núm. 1244 EXENTA, publicada el 25 de Junio de 2019. CREA SISTEMA DE RECEPCIÓN DE INFORMACIÓN SOBRE PLANES DE SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyResolución

CREA SISTEMA DE RECEPCIÓN DE INFORMACIÓN SOBRE PLANES DE SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES

Santiago, 17 de junio de 2019.- Con esta fecha se ha resuelto lo que sigue:

Núm. 1.244 exenta.

Vistos:

  1. La Ley Nº 18.168 General de Telecomunicaciones;

  2. El decreto ley Nº 1.762 de 1977, que crea la Subsecretaría de Telecomunicaciones;

  3. El decreto Nº 18 de 2014, que Aprueba reglamento de servicios de telecomunicaciones que indica;

  4. El decreto Nº 1 de 2015, que Aprueba Norma Técnica sobre Sistemas y Sitios web de los Órganos de la Administración del Estado;

  5. La resolución Nº 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija normas sobre exención del trámite de toma de razón;

  6. El Instructivo Presidencial de fecha 24 de enero de 2019, sobre Transformación Digital en los órganos de la Administración del Estado.

    Considerando:

  7. Que, de acuerdo al artículo 7º de la Ley Nº 18.168, le corresponde a la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante "Subtel", controlar y supervigilar el funcionamiento de los servicios públicos de telecomunicaciones y la protección de los derechos de los usuarios, sin perjuicio de las acciones judiciales y administrativas a que estos últimos tengan derecho.

  8. Que, tratándose de una industria o sector, como es el de las telecomunicaciones, de enorme impacto económico-social, la obligación de velar adecuadamente por la protección de los derechos de los usuarios de servicios de telecomunicaciones resulta de gran importancia, atendido el hecho que, para poder hacer uso y gozar de tales servicios, los usuarios finales deben suscribir contratos con los proveedores de los mismos, resultando fundamental el que aquellos cuenten con información actualizada relativa a los precios y características de dichos servicios.

  9. Que, asimismo, es de interés para esta Autoridad el monitoreo de la oferta y evolución de los planes de servicios ofertados por las concesionarias y permisionarias de telecomunicaciones en el tiempo.

    Resuelvo:

Artículo 1°

Crear el Sistema de Recepción de Información sobre Planes de Telecomunicaciones, en adelante "el Sistema".

Artículo 2°

El Sistema corresponderá a un sistema informático de Subtel que recibirá en línea la información proporcionada diariamente por las permisionarias y concesionarias de telecomunicaciones, en la forma y plazos definidos en esta resolución, previo a su puesta a...

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