Resolución núm. 124 EXENTA, publicada el 14 de Julio de 2020. DELEGA EJERCICIO DE ATRIBUCIÓN Y FACULTAD DE FIRMAR EN LA MATERIA QUE INDICA - MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA, CONOCIMIENTO E INNOVACIÓN - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 846217280

Resolución núm. 124 EXENTA, publicada el 14 de Julio de 2020. DELEGA EJERCICIO DE ATRIBUCIÓN Y FACULTAD DE FIRMAR EN LA MATERIA QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA, CONOCIMIENTO E INNOVACIÓN
Rango de LeyResolución

DELEGA EJERCICIO DE ATRIBUCIÓN Y FACULTAD DE FIRMAR EN LA MATERIA QUE INDICA

Núm. 124 exenta.- Santiago, 9 de julio de 2020.

Visto:

Lo dispuesto en los artículos , 24 y 41 del decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el decreto ley Nº 1.028, de 1975, que precisa las atribuciones y deberes de los Subsecretarios de Estado; en la ley Nº 21.105 que crea el Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación; en el DFL Nº 5, de 2019, del Ministerio de Educación, que fija planta de personal de la Subsecretaría de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación y regula otras materias a las que se refiere el artículo noveno transitorio de la ley Nº 21.105; y la resolución Nº 6, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

  1. - Que, la delegación de facultades es una institución establecida para permitir un funcionamiento eficiente y eficaz de la Administración del Estado.

  2. - Que, de acuerdo a las normas contempladas en la Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de Administración del Estado y en el DL Nº 1.028 de 1975, que precisa atribuciones y deberes de los Subsecretarios de Estado, la autoridad competente para dirigir la administración y servicios internos del Ministerio corresponde al Subsecretario(a) respectivo.

  3. - Que, el artículo 41 del decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, prevé la posibilidad de delegar el ejercicio de las atribuciones y facultades propias, en los términos y con los requisitos allí señalados.

  4. - Que, asimismo, el referido precepto también establece la posibilidad delegar la facultad de firmar por orden de la autoridad delegante en determinados actos sobre materias específicas.

Resuelvo:

Artículo primero

Deléguese en la (el) Jefa(e) de la División Jurídica y en ausencia o impedimento de ésta(e), en la (el) Jefa(e) de la División de Administración y Finanzas el ejercicio de atribuciones y la facultad de firmar bajo la fórmula "Por orden de la Subsecretaria" -según corresponda-, así como la de rectificar, modificar y dejar sin efecto o revocar, los actos que se describen a continuación...

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