Resolución núm. 124 EXENTA, publicada el 06 de Febrero de 2016. ESTABLECE LOS CONTENIDOS DEL CURSO HOMOLOGADO DE INDUCCION BÁSICA EN FAENAS MINERAS, EN CONFORMIDAD AL ART. 4 DEL REGLAMENTO PARA LA HOMOLOGACIÓN DE CURSOS DE INDUCCIÓN BÁSICA EN FAENAS MINERAS, APROBADO POR DECRETO Nº 99, DE 2014, DEL MINISTERIO DE MINERÍA - MINISTERIO DE MINERÍA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 701721577

Resolución núm. 124 EXENTA, publicada el 06 de Febrero de 2016. ESTABLECE LOS CONTENIDOS DEL CURSO HOMOLOGADO DE INDUCCION BÁSICA EN FAENAS MINERAS, EN CONFORMIDAD AL ART. 4 DEL REGLAMENTO PARA LA HOMOLOGACIÓN DE CURSOS DE INDUCCIÓN BÁSICA EN FAENAS MINERAS, APROBADO POR DECRETO Nº 99, DE 2014, DEL MINISTERIO DE MINERÍA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE MINERÍA
Rango de LeyResolución

ESTABLECE LOS CONTENIDOS DEL CURSO HOMOLOGADO DE INDUCCION BÁSICA EN FAENAS MINERAS, EN CONFORMIDAD AL ART. 4 DEL REGLAMENTO PARA LA HOMOLOGACIÓN DE CURSOS DE INDUCCIÓN BÁSICA EN FAENAS MINERAS, APROBADO POR DECRETO Nº 99, DE 2014, DEL MINISTERIO DE MINERÍA

Núm. 124 exenta.- Santiago, 15 de enero de 2016.

Vistos:

El decreto ley Nº 3.525, de 1980, que crea el Servicio Nacional de Geología y Minería; el decreto supremo Nº 89, de 16 de octubre de 2014, del Ministerio de Minería, que designa al Director Nacional del Servicio Nacional de Geología y Minería; lo dispuesto en el DFL Nº 1-19.653, de 2001, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la ley 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; el decreto supremo Nº 99, de 2014, del Ministerio de Minería, que aprueba el Reglamento para la Homologación de Cursos de Inducción Básica en Faenas Mineras; la resolución exenta Nº 1.901, de 18 de julio de 2015, del Director Nacional del Servicio Nacional de Geología y Minería, que designa a los integrantes de la Comisión Asesora, a que se refiere el art. 5 del decreto supremo Nº 99, de 2014, del Ministerio de Minería; la resolución Nº 1.600, de 2008, que fija Normas de Exención del Trámite de Toma de Razón y el dictamen Nº 4.881, de 1982, ambos de la Contraloría General de la República; y,

Considerando:

1).- Que, mediante DS Nº 99, de 2014, del Ministerio de Minería, se aprobó el Reglamento para la Homologación de Cursos de Inducción Básica en Faenas Mineras, en adelante, "el Reglamento".

2).- Que, según lo dispuesto en Art. 4 del Reglamento, los contenidos del Curso Homologado de Inducción Básica en Faenas Mineras deben ser propuestos por una Comisión Asesora y definidos por el Director Nacional de Geología y Minería, mediante resolución fundada al efecto.

3).- Que, según lo dispuesto en Art. 4 del Reglamento, el Curso Homologado de Inducción Básica en Faenas Mineras debe contemplar, a lo menos, los contenidos que en ella se indican.

4).- Que, el art. 5 del Reglamento señala que la Comisión Asesora estará integrada por los siguientes miembros:

i. Dos representantes propuestos por las directivas de las dos asociaciones gremiales nacionales de proveedores industriales de la minería con mayor número de afiliados.

ii. Dos representantes propuestos por las directivas de las dos asociaciones gremiales nacionales de la minería con mayor número de afiliados.

iii. Dos académicos representantes de universidades acreditadas por el Estado, propuestos en quina por el Consejo de Rectores de las Universidades Chilenas.

iv. Un miembro representante del Servicio Nacional de Geología y Minería.

5).- Que, el Director Nacional del Servicio Nacional de Geología y Minería procedió a efectuar la convocatoria a que se refiere el Art. 5 del Reglamento, invitando a las directivas de las Asociaciones Gremiales, a que se refiere la letra anterior, a participar en el proceso de conformación de la Comisión Asesora, mediante aviso publicado en el diario El Mercurio, el 10 de mayo del año 2015.

6).- Que, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 5 del Reglamento, mediante oficio ordinario Nº 940, del 11 de mayo de 2015, del Director Nacional del Servicio Nacional de Geología y Minería, solicitó al Consejo de Rectores de las Universidades Chilenas, la proposición de sus representantes, en la forma que indica el Reglamento.

7).- Que, en cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 5 del Reglamento, el Director Nacional del Servicio Nacional de Geología y Minería designó al Subdirector Nacional de Minería de este Servicio, como miembro de la Comisión Asesora, correspondiéndole presidirla, según lo dispuesto en el artículo antes citado.

8).- Que, recibidos los antecedentes de los representantes propuestos por las diversas entidades que acudieron a la convocatoria, el Director Nacional de este Servicio procedió a seleccionar a los consejeros que deben integrar la Comisión Asesora, en conformidad con lo previsto en el Art. 5 del Reglamento.

9).- Que, en cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 5 del Reglamento, el Director Nacional del Servicio Nacional de Geología y Minería, mediante resolución exenta Nº 1.901, de 18 de julio de 2015, procedió a designar a los integrantes de la Comisión Asesora a que se refiere dicho artículo.

10).- Que, conformada la Comisión Asesora, el Director Nacional del Servicio Nacional de Geología y Minería, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 5 del Reglamento, procedió a requerirle una proposición de los contenidos del Curso Homologado de Inducción Básica en Faenas Mineras.

11).- Que, la Comisión Asesora, con fecha 28 de diciembre de 2015, entregó al Director Nacional del Servicio Nacional de Geología y Minería, un Informe que contiene...

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