Resolución núm. 1210, publicada el 31 de Diciembre de 2016. FIJA PROGRAMA Y SUBPROGRAMAS DE FISCALIZACIÓN AMBIENTAL DE RESOLUCIONES DE CALIFICACIÓN AMBIENTAL PARA EL AÑO 2017 - MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 656711725

Resolución núm. 1210, publicada el 31 de Diciembre de 2016. FIJA PROGRAMA Y SUBPROGRAMAS DE FISCALIZACIÓN AMBIENTAL DE RESOLUCIONES DE CALIFICACIÓN AMBIENTAL PARA EL AÑO 2017

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE
Rango de LeyResolución

FIJA PROGRAMA Y SUBPROGRAMAS DE FISCALIZACIÓN AMBIENTAL DE RESOLUCIONES DE CALIFICACIÓN AMBIENTAL PARA EL AÑO 2017

Núm. 1.210 exenta.- Santiago, 27 de diciembre de 2016.

Vistos:

Lo dispuesto en el artículo segundo de la Ley Nº 20.417, que fija el texto de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Medio Ambiente; en la Ley Nº 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Ley Nº 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en el decreto supremo Nº 76, de 2014, del Ministerio del Medio Ambiente, y en la resolución Nº 1.600, de 30 de octubre de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón;

Considerando:

  1. La Superintendencia del Medio Ambiente es el servicio público creado para ejecutar, organizar y coordinar el seguimiento y fiscalización de los instrumentos de gestión y de carácter ambiental que dispone la ley, así como imponer sanciones en caso que se constaten infracciones que sean de su competencia;

  2. La letra a) del artículo 3º de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Medio Ambiente, que dispone que corresponde a la Superintendencia del Medio Ambiente fiscalizar el permanente cumplimiento de las normas, condiciones y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental, sobre la base de las inspecciones, controles, mediciones y análisis que se realicen de conformidad a la ley;

  3. El artículo 16 de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Medio Ambiente, que establece que para el desarrollo de las actividades de fiscalización, la Superintendencia deberá establecer anualmente programas y subprogramas de fiscalización ambiental;

  4. Que los programas y subprogramas constituyen herramientas de gestión pública para llevar a cabo los procesos de fiscalización que tienen a su cargo la Superintendencia del Medio Ambiente, mediante los cuales se debe informar el número de actividades de fiscalización que realizará la Superintendencia y cada uno de los Organismos Sectoriales que colaboran en dicha tarea, los presupuestos sectoriales asignados para desarrollar esas actividades, así como los indicadores de desempeño asociados a cada uno, con el objeto de verificar su cumplimiento y dar cuenta pública de ellos;

  5. Que, por medio de los subprogramas de fiscalización ambiental, se formaliza la encomendación de actividades de fiscalización a Organismos Sectoriales en materias de competencia de la Superintendencia del Medio Ambiente, en base a un procedimiento reglado establecido en el artículo 17 de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Medio Ambiente;

  6. El artículo 17 de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Medio Ambiente, que establece el procedimiento para elaborar los programas y subprogramas de fiscalización ambiental, contemplando una etapa de solicitud de informes acerca de las prioridades de fiscalización que cada organismo sectorial hubiere definido, la consulta de las propuestas de programas y subprogramas cuando esta Superintendencia estime pertinente, y la dictación de una o más resoluciones exentas que fijarán dichos programas y subprogramas de fiscalización, indicando los presupuestos asignados, así como los indicadores de desempeño asociados;

  7. La resolución exenta Nº 149, de 18 de febrero de 2016, de la Superintendencia del Medio Ambiente, que da Inicio al Procedimiento de la Elaboración de Programas y Subprogramas de Fiscalización Ambiental;

  8. El oficio ordinario Nº 543, de 7 de marzo de 2016, de la Superintendente del Medio Ambiente dirigido a Comisión Chilena de Energía Nuclear, Dirección General de Aguas, Dirección de Obras Hidráulicas, Servicio Agrícola y Ganadero, Servicio Nacional de Geología y Minería, Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, Subsecretaría de Transportes, Consejo de Monumentos Nacionales, Dirección de Intereses Marítimos y Medio Ambiente Acuático, Corporación Nacional Forestal, Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, Subsecretaría de Salud Pública, Subsecretaría de Electricidad y Combustibles, Superintendencia de Servicios Sanitarios y Corporación Nacional de Desarrollo Indígena por medio del cual informa sobre las actividades asociadas a la formulación de programas y subprogramas de fiscalización ambiental 2017, a realizarse durante el año 2016;

  9. Los oficios ordinarios Nº 1406, 1407, 1408, 1409, 1410, 1411, 1412, 1413, 1414, 1415, 1416, 1417, 1418, 1419, 1420, y 1421, todos del 16 de junio de 2016, del Superintendente del Medio Ambiente, dirigidos a Subsecretaría de Salud Pública, Subsecretaría de Transportes, Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, Superintendencia de Servicios Sanitarios, Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, Servicio Nacional de Geología y Minería, Subsecretaría de Electricidad y Combustibles, Servicio Agrícola y Ganadero, Dirección de Obras Hidráulicas, Dirección Nacional de Vialidad, Dirección General de Aguas, Corporación Nacional Forestal, Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, Consejo de Monumentos Nacionales, Comisión Chilena de Energía Nuclear y Dirección de Intereses Marítimos y Medio Ambiente Acuático, respectivamente, por medio de los cuales se solicitó que informen de sus prioridades de fiscalización ambiental para el año 2017 y los criterios por medio de los cuales se definieron dichas prioridades;

  10. El oficio Nº B32/4402, de 23 de diciembre de 2016, de la Subsecretaría de Salud Pública; el oficio Ord. Nº 8842, del 23 de diciembre de 2016, de la Subsecretaría de Transportes; lo informado por la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura en el Sistema SMA - OS; el oficio Ord. Nº 3950, del 21 de noviembre de 2016, de la Superintendencia de Servicios Sanitarios; el oficio Ord. DGA/Nº 093990 del 1 de julio de 2016, del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura; el oficio Ord. Nº 2544, del 21 de diciembre de 2016, del Servicio Nacional de Geología y Minería; el oficio Ord. Nº 11067/ACC1368481/DOC1171444, del 24 de agosto de 2016, de la Subsecretaría de Electricidad y Combustibles; el oficio Ord. Nº 3706/2016 del 3 de agosto de 2016, del Servicio Agrícola y Ganadero; el oficio Ord. Nº DOH Nº...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR