Resolución núm. 12 EXENTA, publicada el 03 de Febrero de 2016. FIJA TEXTO REFUNDIDO DE LA RESOLUCIÓN Nº 68 EXENTA, DE FECHA 5 DE ENERO DE 2012 QUE CREA LA UNIDAD DE PERSONAS JURÍDICAS SIN FINES DE LUCRO DEL SERVICIO DE REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACIÓN, ESTABLECE SU DEPENDENCIA, Y DEJA SIN EFECTO EN LA PARTE QUE CORRESPONDE LA RESOLUCIÓN Nº 34 EXENTA, DE 11 DE FEBRERO DE 2014
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS |
Rango de Ley | Resolución |
FIJA TEXTO REFUNDIDO DE LA RESOLUCIÓN Nº 68 EXENTA, DE FECHA 5 DE ENERO DE 2012 QUE CREA LA UNIDAD DE PERSONAS JURÍDICAS SIN FINES DE LUCRO DEL SERVICIO DE REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACIÓN, ESTABLECE SU DEPENDENCIA, Y DEJA SIN EFECTO EN LA PARTE QUE CORRESPONDE LA RESOLUCIÓN Nº 34 EXENTA, DE 11 DE FEBRERO DE 2014
Santiago, 18 de enero de 2016.- Hoy se resolvió lo siguiente:
Núm. 12 exenta.
Vistos:
La ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el D.F.L. Nº 19/19.653, de 2000; lo dispuesto en el artículo 7º letras a), c) y d) de la ley Nº 19.477, Orgánica del Servicio de Registro Civil e Identificación; ley Nº 20.500 sobre Asociaciones y Participación Ciudadana en la Gestión Pública, decreto Nº 84, Ministerio de Justicia, de 2013 que Aprueba Reglamento del Registro Nacional de Personas Jurídicas sin Fines de Lucro, y en la resolución Nº 1.600, de fecha 30 de octubre de 2008 de la Contraloría General de la República.
Considerando:
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- Que, el artículo 8º de la ley Nº 20.500 establece que existirá un Registro Nacional de Personas Jurídicas sin fines de lucro, a cargo del Servicio de Registro Civil e Identificación, norma que corrobora el artículo 1 del decreto Nº 84, de 2013, de Justicia, Reglamento de la ley Nº 20.500.
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- Que, mediante resolución exenta Nº 68 de fecha 5 de enero de 2012, de la Dirección Nacional del Servicio de Registro Civil e Identificación, se creó a contar del 16 de febrero de 2012 la Unidad de Personas Jurídicas sin Fines de Lucro, dependiente del Subdepartamento de Posesiones Efectivas.
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- Que, el ámbito de acción de la Unidad en referencia comprende la totalidad del Servicio, y que el Registro Nacional de Personas Jurídicas sin fines de lucro es de carácter nacional y centralizado.
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- Que, atendida la misión, objetivos, funciones y ámbito de acción que le corresponde realizar a la Unidad de Personas Jurídicas sin fines de lucro constituidas en nuestro país, contribuyendo de esta forma a mantener un Registro Nacional actualizado, permitiendo la participación de estas personas jurídicas en fondos concursables.
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- Que, como consecuencia de lo anterior, se hace necesario modificar la dependencia jerárquica de la Unidad de Personas Jurídicas sin fines de lucro, y fijar en un solo texto sus objetivos y funciones.
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- Que, el Director Nacional del Servicio de Registro Civil e...
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