Resolución núm. 1175 EXENTA, publicada el 16 de Agosto de 2019. INSTRUYE PROGRAMA DE FISCALIZACIÓN AÑO 2019, PARA LA GESTIÓN DE EPISODIOS CRÍTICOS DE CONTAMINACIÓN AMBIENTAL, DENTRO DEL PLAN DE PREVENCIÓN Y DESCONTAMINACIÓN ATMOSFÉRICA PARA LAS COMUNAS DE CONCÓN, QUINTERO Y PUCHUNCAVÍ - MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 808667369

Resolución núm. 1175 EXENTA, publicada el 16 de Agosto de 2019. INSTRUYE PROGRAMA DE FISCALIZACIÓN AÑO 2019, PARA LA GESTIÓN DE EPISODIOS CRÍTICOS DE CONTAMINACIÓN AMBIENTAL, DENTRO DEL PLAN DE PREVENCIÓN Y DESCONTAMINACIÓN ATMOSFÉRICA PARA LAS COMUNAS DE CONCÓN, QUINTERO Y PUCHUNCAVÍ

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE
Rango de LeyResolución

INSTRUYE PROGRAMA DE FISCALIZACIÓN AÑO 2019, PARA LA GESTIÓN DE EPISODIOS CRÍTICOS DE CONTAMINACIÓN AMBIENTAL, DENTRO DEL PLAN DE PREVENCIÓN Y DESCONTAMINACIÓN ATMOSFÉRICA PARA LAS COMUNAS DE CONCÓN, QUINTERO Y PUCHUNCAVÍ

Núm. 1.175 exenta.- Santiago, 9 de agosto de 2019.

Vistos:

Lo dispuesto en el artículo segundo de la ley Nº 20.417, que fija el texto de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Medio Ambiente (en adelante, "LOSMA"); en la ley Nº 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en la ley Nº 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en el decreto supremo Nº 105, de 2018, del Ministerio del Medio Ambiente, que establece Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para las comunas de Concón, Quintero y Puchuncaví (en adelante, "PPDA CQP"); en la resolución exenta Nº 424, de 2017, de la Superintendencia del Medio Ambiente, que fija la organización interna de la Superintendencia del Medio Ambiente; en las resoluciones exentas Nº 559, de 2018 y Nº 438, de 2019, ambas de la Superintendencia del Medio Ambiente, que modifican la resolución exenta Nº 424, de 2017; en la resolución exenta Nº 157, de 2015, de la Superintendencia del Medio Ambiente, que delega facultades en el Jefe de la División de Fiscalización; en la ley Nº 18.834, que Aprueba el Estatuto Administrativo; en el decreto con fuerza de ley Nº 3, de 2010, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que Fija la Planta de la Superintendencia del Medio Ambiente; en la resolución exenta RA 119.123/58/2017, de 2017, de la Superintendencia del Medio Ambiente, que renueva nombramiento de don Rubén Verdugo Castillo; en la resolución exenta Nº 565, de 2017, de la Superintendencia del Medio Ambiente, que establece orden de subrogancia para el cargo de Jefe de División de Fiscalización y asigna funciones directivas; en la resolución exenta Nº 81, de 2019, de la Superintendencia del Medio Ambiente, que Establece Orden de Subrogancia para el Cargo de Fiscal de la Superintendencia del Medio Ambiente, y en la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón.

Considerando:

  1. Que, la Superintendencia del Medio Ambiente (en adelante "SMA") corresponde a un organismo creado por la LOSMA para ejecutar, organizar y coordinar el seguimiento y fiscalización de las Resoluciones de Calificación Ambiental, de las medidas de los Planes de Prevención y/o de Descontaminación Ambiental, del contenido de las Normas de Calidad Ambiental y Normas de Emisión, y de los Planes de Manejo, cuando corresponda, y de todos aquellos otros instrumentos de carácter ambiental que establece la ley, así como imponer sanciones en caso que se constaten infracciones de su competencia;

  2. La letra e) del artículo 46 del PPDA CQP, indica que corresponde a este organismo coordinar el Programa de Fiscalización para el Plan Operacional de Gestión de Episodios Críticos de Contaminación Ambiental (en adelante, "GEC") con la colaboración del Delegado Presidencial Regional, la Seremi del Medio Ambiente, la Seremi de Salud, las Municipalidades respectivas y los órganos de la Administración del Estado competentes;

  3. Los oficios ordinarios Nº 1191, 1192, 1193/2019 y 1194, todos de esta Superintendencia y de fecha 22 de abril de 209, solicitan a los organismos sectoriales participantes en la ejecución del Programa de Fiscalización, la remisión de información asociada a criterios de priorización para la fiscalización de sus respectivas competencias y presupuestos asociados, entre otras materias, con el fin de coordinar el Programa de Fiscalización para el período de GEC del año 2019;

  4. El oficio ordinario Ord. Nº 12600/02/2015 Vrs., de 2019, de la Gobernación Marítima de Valparaíso; el oficio ordinario Ord Nº 982, de 2019, de la Seremi de Salud Región de Valparaíso; el oficio Ord. Nº 173, de 2019, de la Corporación Nacional Forestal, Región de Valparaíso, y el oficio...

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