Resolución núm. 110 EXENTA, publicada el 20 de Febrero de 2018. AMPLÍA EL PLAZO PARA APORTAR ANTECEDENTES TÉCNICOS, ECONÓMICOS Y SOCIALES SOBRE LAS MATERIAS A REGULAR EN EL DECRETO SUPREMO QUE ESTABLECE METAS DE RECOLECCIÓN Y VALORIZACIÓN Y OTRAS OBLIGACIONES ASOCIADAS DE NEUMÁTICOS Y EN EL DECRETO SUPREMO QUE ESTABLECE METAS DE RECOLECCIÓN Y VALORIZACIÓN Y OTRAS OBLIGACIONES ASOCIADAS DE ENVASES Y EMBALAJES, Y REGULA UN SISTEMA DE DEPÓSITO Y REEMBOLSO DE ENVASES DE BEBIDAS RETORNABLES DE UN SOLO USO - MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 703712009

Resolución núm. 110 EXENTA, publicada el 20 de Febrero de 2018. AMPLÍA EL PLAZO PARA APORTAR ANTECEDENTES TÉCNICOS, ECONÓMICOS Y SOCIALES SOBRE LAS MATERIAS A REGULAR EN EL DECRETO SUPREMO QUE ESTABLECE METAS DE RECOLECCIÓN Y VALORIZACIÓN Y OTRAS OBLIGACIONES ASOCIADAS DE NEUMÁTICOS Y EN EL DECRETO SUPREMO QUE ESTABLECE METAS DE RECOLECCIÓN Y VALORIZACIÓN Y OTRAS OBLIGACIONES ASOCIADAS DE ENVASES Y EMBALAJES, Y REGULA UN SISTEMA DE DEPÓSITO Y REEMBOLSO DE ENVASES DE BEBIDAS RETORNABLES DE UN SOLO USO

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE
Rango de LeyResolución

AMPLÍA EL PLAZO PARA APORTAR ANTECEDENTES TÉCNICOS, ECONÓMICOS Y SOCIALES SOBRE LAS MATERIAS A REGULAR EN EL DECRETO SUPREMO QUE ESTABLECE METAS DE RECOLECCIÓN Y VALORIZACIÓN Y OTRAS OBLIGACIONES ASOCIADAS DE NEUMÁTICOS Y EN EL DECRETO SUPREMO QUE ESTABLECE METAS DE RECOLECCIÓN Y VALORIZACIÓN Y OTRAS OBLIGACIONES ASOCIADAS DE ENVASES Y EMBALAJES, Y REGULA UN SISTEMA DE DEPÓSITO Y REEMBOLSO DE ENVASES DE BEBIDAS RETORNABLES DE UN SOLO USO

Núm. 110 exenta.- Santiago, 14 de febrero de 2018.

Vistos:

Lo dispuesto en la ley N° 20.920, marco para la gestión de residuos, la responsabilidad extendida del productor y fomento al reciclaje; la ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente; la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; la ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los órganos de la Administración del Estado; el decreto supremo N° 8, de 2017, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento que regula el procedimiento de elaboración de los decretos supremos establecidos en la ley N° 20.920; la resolución N° 1.491, de 22 de diciembre de 2017, del Ministerio del Medio Ambiente, que da inicio al proceso de elaboración del decreto supremo que establece metas de recolección y valorización y otras obligaciones asociadas de neumáticos; la resolución N° 1.492, de 22 de diciembre de 2017, del Ministerio del Medio Ambiente, que da inicio al proceso de elaboración del decreto supremo que establece metas de recolección y valorización y otras obligaciones asociadas de envases y embalajes, y regula un sistema de depósito y reembolso de envases de bebidas retornables de un solo uso; la carta de la Sociedad de Fomento Fabril (Sofofa) presentada el 2 de febrero de 2018; la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón, y

Considerando:

  1. Que mediante las resoluciones Nos 1.491 y 1.492, de 22 de diciembre de 2017, el Ministerio del Medio Ambiente, dio inicio a los siguientes procesos administrativos:

    1. para la elaboración del decreto supremo que establece metas de recolección y valorización y otras obligaciones asociadas de neumáticos, y b) para la elaboración del decreto supremo que establece metas...

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