Resolución núm. 110 EXENTA, publicada el 05 de Noviembre de 2015. INFORMA PRECIOS DE REFERENCIA DE LAS SUSTANCIAS METÁLICAS Y NO METÁLICAS, CORRESPONDIENTES AL TERCER TRIMESTRE DE 2015 - COMISIÓN CHILENA DEL COBRE - COMISIÓN NACIONAL - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 586340674

Resolución núm. 110 EXENTA, publicada el 05 de Noviembre de 2015. INFORMA PRECIOS DE REFERENCIA DE LAS SUSTANCIAS METÁLICAS Y NO METÁLICAS, CORRESPONDIENTES AL TERCER TRIMESTRE DE 2015

Publicado enDiario Oficial
EmisorCOMISIÓN CHILENA DEL COBRE
Rango de LeyResolución

INFORMA PRECIOS DE REFERENCIA DE LAS SUSTANCIAS METÁLICAS Y NO METÁLICAS, CORRESPONDIENTES AL TERCER TRIMESTRE DE 2015

Núm. 110 exenta aprobatoria.- Santiago, 29 de octubre de 2015.

Visto:

  1. Los artículos 8º, 28 y 31 de la Ley Orgánica Constitucional Nº 18.575 de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fuera fijado por el D.F.L. Nº 1/19.653 (SEGPRES), de 2000;

  2. La Ley Nº 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado;

  3. La Ley Nº 20.469 que Introduce Modificaciones a la Tributación de la Actividad Minera;

  4. La Ley Nº 20.026 que establece un Impuesto Específico a la Actividad Minera, y sus posteriores modificaciones;

  5. Lo preceptuado en los artículos , letras n) y p), , letras d) y g), 6º y 12 del decreto ley Nº 1.349, de 1976, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley Nº 1 (Minería), de 1987, y sus modificaciones posteriores;

  6. Los artículos 64 bis y 64 ter de la Ley sobre Impuesto a la Renta, contenida en el artículo 1º del decreto ley Nº 824, de 1974;

  7. El decreto supremo Nº 1.465, de Hacienda, publicado en el Diario Oficial de 5 de junio de 2006, que aprobó el Reglamento de los artículos 1º, en lo que se refiere al inciso cuarto del artículo 64 bis de la Ley sobre Impuesto a la Renta, y de la Ley Nº 20.026, de 2005;

  8. La nota interna Nº 61 de la Dirección de Estudios y Políticas Públicas de la Comisión Chilena del Cobre, de 28 de octubre de 2015;

  9. La resolución exenta Nº 1.190, de la Vicepresidencia Ejecutiva, de 10 de noviembre de 2010, publicada en el Diario Oficial de 18 de noviembre de 2010 y sus modificaciones posteriores, y

  10. El D.S. Nº 94 del Ministerio de Minería, de 2014.

    Teniendo presente:

  11. Que, a la Comisión Chilena del Cobre le corresponde asesorar al Servicio de Impuestos Internos en lo relativo al impuesto específico a la actividad minera, a que se refiere el artículo 64 bis de la ley sobre Impuesto a la Renta, y

  12. Que, el artículo 7º del decreto supremo Nº 1.465, de 2006, establece que la Comisión Chilena del Cobre debe publicar en el Diario Oficial, dentro de los primeros 15 días del mes subsiguiente a cada trimestre, un informe que contenga los precios de referencia de las sustancias metálicas y no metálicas del trimestre respectivo, determinados en la forma que el mismo artículo dispone, en mérito de todo lo cual,

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