Resolución núm. 1090 EXENTA, publicada el 13 de Julio de 2020. LLAMA A POSTULACIÓN EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS DEL PROGRAMA DE SUBSIDIO DE ARRIENDO DE VIVIENDA, REGULADO POR EL DS Nº 52 (V. Y U.), DE 2013, Y SUS MODIFICACIONES, Y FIJA LA CANTIDAD DE RECURSOS QUE SE DESTINARÁN AL FINANCIAMIENTO DE DICHOS SUBSIDIOS - MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 846202595

Resolución núm. 1090 EXENTA, publicada el 13 de Julio de 2020. LLAMA A POSTULACIÓN EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS DEL PROGRAMA DE SUBSIDIO DE ARRIENDO DE VIVIENDA, REGULADO POR EL DS Nº 52 (V. Y U.), DE 2013, Y SUS MODIFICACIONES, Y FIJA LA CANTIDAD DE RECURSOS QUE SE DESTINARÁN AL FINANCIAMIENTO DE DICHOS SUBSIDIOS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Rango de LeyResolución

LLAMA A POSTULACIÓN EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS DEL PROGRAMA DE SUBSIDIO DE ARRIENDO DE VIVIENDA, REGULADO POR EL DS Nº 52 (V. Y U.), DE 2013, Y SUS MODIFICACIONES, Y FIJA LA CANTIDAD DE RECURSOS QUE SE DESTINARÁN AL FINANCIAMIENTO DE DICHOS SUBSIDIOS

Santiago, 10 de julio de 2020.- Hoy se resolvió lo que sigue:

Núm. 1.090 exenta.

Vistos:

  1. El DS Nº 52 (V. y U.), de 2013, que regula el Programa de Subsidio de Arriendo de Vivienda y en especial lo dispuesto en el artículo 13, relativo a la realización de llamados a postulación en condiciones especiales;

  2. La resolución exenta Nº 8.834 (V. y U.), de 2013, y sus modificaciones, que establece condiciones de postulación y aplicación del Programa de Subsidio de Arriendo de Vivienda, regulado por el DS Nº 52 (V. y U.), de 2013, relativas a los límites mínimo y máximo de ingresos del núcleo familiar y al porcentaje del Instrumento de Caracterización Socioeconómica;

  3. La resolución exenta Nº 41 (V. y U.), de 2020, y sus modificaciones, que autoriza efectuar llamados a postulación y/o comprometer recursos durante el año 2020 en el otorgamiento de subsidios habitacionales y señala el monto de los recursos destinados, entre otros, a la atención a través del Programa de Subsidio de Arriendo de Vivienda, regulado por el DS Nº 52 (V. y U.), de 2013;

  4. Los decretos supremos Nº 104, Nº 107 y Nº 269, todos del Ministerio de Interior y Seguridad Pública, de 2020;

  5. El DS Nº 32, del Ministerio de Justicia y DDHH, de 2020, que extiende la fecha de vencimiento de las cédulas de identidad para chilenos;

  6. El DS Nº 34, del Ministerio de Justicia y DDHH, de 2020, que extiende vigencia de cédula de identidad para extranjeros, conforme se indica, y

    Considerando:

  7. Que, el aumento de la población en situación de vulnerabilidad habitacional, debido a múltiples factores, entre los cuales destacan la precariedad laboral y, por tanto, de ingresos trae como consecuencia, que las personas y familias que arriendan sus viviendas, se encuentran con graves problemas para solventar los gastos de subsistencia y a la vez pagar su renta de arrendamiento;

  8. Que, mediante decreto supremo Nº 104, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, de 18 de marzo de 2020, publicado en el Diario Oficial de igual fecha, y sus modificaciones, se declaró estado de excepción constitucional de catástrofe, por calamidad pública, en todo el territorio chileno por un plazo de 90 días, prorrogándose dicho estado de excepción constitucional por 90 días adicionales, en todo el territorio nacional, mediante decreto supremo Nº 269, de 12 de junio de 2020, del referido Ministerio, publicado en el Diario Oficial del mismo mes y año;

  9. Que, el inciso 1º, del artículo 13, del decreto supremo Nº 52 (V. y U.), de 2013, que...

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