Resolución núm. 109 EXENTA, publicada el 27 de Enero de 2017. AUTORIZA ACTIVIDAD DEPORTIVA RECREATIVA DE PROGRAMA CALLE ACTIVA EN VÍA DE RED VIAL BÁSICA DE SANTIAGO Y PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS EN TRAMO DE AV. MÉXICO QUE SE INDICA - MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 663041529

Resolución núm. 109 EXENTA, publicada el 27 de Enero de 2017. AUTORIZA ACTIVIDAD DEPORTIVA RECREATIVA DE PROGRAMA CALLE ACTIVA EN VÍA DE RED VIAL BÁSICA DE SANTIAGO Y PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS EN TRAMO DE AV. MÉXICO QUE SE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyResolución

AUTORIZA ACTIVIDAD DEPORTIVA RECREATIVA DE PROGRAMA CALLE ACTIVA EN VÍA DE RED VIAL BÁSICA DE SANTIAGO Y PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS EN TRAMO DE AV. MÉXICO QUE SE INDICA

Núm. 109 exenta.- Santiago, 5 de enero de 2017.

Visto:

La ley Nº 18.059, de 1981, la ley 19.880; los artículos 113 y 164 del DFL Nº 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito; el decreto supremo Nº 83, de 1985 y sus modificaciones, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, relativo a Redes Viales Básicas; la resolución exenta Nº 347, de 1987, del mismo origen y las resoluciones Nos 59/1985, 39/1992, y 78/2006, todas de la misma Secretaría de Estado antes mencionada y la demás normativa vigente que resulte aplicable; oficio Nº 377, de 30 de junio de 2016, del Director de Tránsito y Transporte Público de Municipalidad de Puente Alto; la resolución exenta Nº 5.928, de 1 de diciembre de 2015, de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones Región Metropolitana; la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República y la demás normativa vigente que resulte aplicable.

Considerando:

  1. - Que mediante oficio Nº 377, de 30 de junio de 2016, del Director de Tránsito y Transporte Público de Municipalidad de Puente Alto, se solicitó dar continuidad, por un año más, a la realización de la actividad deportivo-recreativa denominada "Calle Activa" todos los domingos entre las 9:00 y las 14:00 horas, en calzada poniente de Av. México, entre Bahía Inglesa y Luis Matte Larraín, de conformidad a lo autorizado en su oportunidad mediante resolución exenta Nº 5.928, de 1 de diciembre de 2015, de esta Secretaría Regional.

  2. - Que cabe precisar que si bien esta autoridad regional dictó la aludida resolución exenta Nº 5.928, de 2015, autorizando actividad deportivo-recreativa en calzada poniente de Av. México, entre Bahía Inglesa y Luis Matte Larraín, la vigencia de la misma se extendió sólo hasta el 4 de diciembre de 2016, según consta en su texto, por lo que no procede considerar la presente solicitud como una prorroga o continuidad de lo anterior, sino como un nuevo requerimiento de la autoridad edilicia.

  3. - Que la actividad denominada "Calle Activa", está formada por un circuito que comprende la utilización de la calzada poniente de Av. México entre Bahía Inglesa y Luis Matte Larraín. La intervención en la vía...

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