Resolución núm. 1071 EXENTA, publicada el 29 de Diciembre de 2017. LLAMADO A PRESENTACIÓN DE PROYECTOS HABITACIONALES, PARA EL PROGRAMA DE INTEGRACIÓN SOCIAL Y TERRITORIAL, SECTOR LA PAMPA, COMUNA DE ALTO HOSPICIO
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO |
Rango de Ley | Resolución |
LLAMADO A PRESENTACIÓN DE PROYECTOS HABITACIONALES, PARA EL PROGRAMA DE INTEGRACIÓN SOCIAL Y TERRITORIAL, SECTOR LA PAMPA, COMUNA DE ALTO HOSPICIO
Núm. 1.071 exenta.- Iquique, 22 de diciembre de 2017.
Visto:
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El DS Nº 19 (V. y U.), de 2016, que Reglamenta el Programa de Integración Social y Territorial;
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El oficio Nº 1019, de fecha 8 de septiembre de 2016, de esta Seremi, en que solicita autorización a la Sra. Ministra de Vivienda para la aplicación del Programa individualizado en el visto a) precedente, en terrenos de propiedad del Servicio de Vivienda y Urbanización de Tarapacá, conforme al artículo 1º del DS 19/2016 (V. y U.) de 2016.
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La resolución exenta Nº 7.135 (V. y U.), de fecha 8 de noviembre de 2016, que autoriza la aplicación del Programa de Integración Social y Territorial, regulado por el DS Nº 19 (V. y U.), de 2016, en terreno de propiedad de Serviu, Región de Tarapacá.
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La resolución exenta Nº 9.711 (V. y U.), de fecha 14 de diciembre de 2015, que otorgó el premio Concurso Internacional "Plan Maestro Urbano Habitacional La Pampa de Alto Hospicio".
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Resolución exenta Nº 60, de fecha 17 de septiembre de 2015, del Serviu Región de Tarapacá que aprueba contrato de compraventa de terreno a que se refiere este instrumento.
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La resolución exenta Nº 1.005, de fecha 6 de diciembre de 2017, en virtud de la cual se declara desierto el llamado a presentación de proyectos habitacionales para el Programa de Integración Social y Territorial, sector La Pampa, comuna de Alto Hospicio, efectuado mediante resolución exenta Nº 817 de fecha 5 de octubre de 2017.
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Las facultades que me confiere el DS Nº 397, de 1976, y decreto exento Nº 218, de 2016, ambos del Ministerio de Vivienda y Urbanismo;
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Lo dispuesto por la resolución Nº 1.600/2008, de la Contraloría General de la República.
Considerando:
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Que, mediante oficio Nº 1019/2016, esta Seremi solicitó a la Sra. Ministra de Vivienda y Urbanismo, autorización para la aplicación del Programa de Integración Social y Territorial, en terrenos de propiedad del Serviu Región de Tarapacá.
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Que el terreno de propiedad de Serviu Región de Tarapacá, ubicado en la comuna de Alto Hospicio, Av. Unión Europea entre Calle Polonia y Calle Japón, La Pampa, según plano de Subdivisión predial del inmueble denominado Lote M4, archivado bajo el Nº 262 del Registro de Planos y Documentos del Conservador de Bienes Raíces de Iquique del año 2013, y cuyo dominio a favor de Serviu consta inscrito a fojas 3.990 número 6.410 del Registro de Propiedades del citado Conservador de Bienes Raíces del año 2015.
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Que nuestra región presenta un déficit habitacional cuantitativo de 11.713 viviendas, de las cuales 7.028 corresponden a la comuna de Alto Hospicio, conforme consta en los resultados de Encuesta Casen 2015, y los registros de Serviu Tarapacá, respectivamente.
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Que dentro de los objetivos de nuestro Ministerio, se encuentra el de disminuir el déficit habitacional de los sectores más vulnerables, reduciendo la inequidad y fomentando la integración social, por lo que se hace necesario generar proyectos habitacionales que permitan reducir este déficit en nuestra Región.
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Que mediante el correo electrónico de fecha 7 de septiembre de 2017 la Directora de Serviu Región de Tarapacá confirma la cabida y la cantidad de viviendas comprometidas para este llamado.
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Correo de Jefe (S) del Dpto. de Planes y Programas de fecha 21 de diciembre de 2017, relativo a la densidad de habitantes por hectárea del proyecto,
Resolución:
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Llámase, a partir de la fecha de publicación de la presente resolución en el Diario Oficial y hasta las 14:00 horas del 15 de enero de 2018, a postulación regional al Programa de Integración Social y Territorial, regulado por el DS Nº 19 (V. y U.), de 2016, en adelante el DS Nº 19, en el terreno de propiedad de Serviu Región de Tarapacá, singularizado en el considerando Nº 2 del presente instrumento, período en que Serviu Región de Tarapacá procederá directamente a la recepción de proyectos habitacionales con la documentación y antecedentes exigidos en el artículo 9 del DS Nº 19 (V. y U.), de 2016 y en esta resolución. Previamente, las entidades desarrolladoras deberán ingresar los datos del proyecto, a través de los medios electrónicos que el Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu) disponga para estos efectos.
La presentación se debe realizar en dos proyectos que no superen cada uno las 160 viviendas.
La revisión, aprobación y selección de los proyectos se efectuará de acuerdo a lo señalado en los artículos 12º y 13º del DS Nº 19, y deberá cumplir además las siguientes condiciones:
En caso de que, habiendo aplicado lo indicado en el inciso tercero del artículo 13º del DS Nº 19, persista el...
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