Resolución núm. 1055 EXENTA, publicada el 13 de Septiembre de 2019. FIJA TRAZADOS A LOS SERVICIOS DE LA LOCOMOCIÓN COLECTIVA RURAL AL INTERIOR DE LA ZONA URBANA DE RANCAGUA - MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 811452341

Resolución núm. 1055 EXENTA, publicada el 13 de Septiembre de 2019. FIJA TRAZADOS A LOS SERVICIOS DE LA LOCOMOCIÓN COLECTIVA RURAL AL INTERIOR DE LA ZONA URBANA DE RANCAGUA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyResolución

FIJA TRAZADOS A LOS SERVICIOS DE LA LOCOMOCIÓN COLECTIVA RURAL AL INTERIOR DE LA ZONA URBANA DE RANCAGUA

Núm. 1.055 exenta.- Rancagua, 29 de julio de 2019.

Visto:

Las facultades que me confiere el artículo 53º del DS Nº 212 de 1992 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que establece el Reglamento de los Servicios Nacionales de Transporte Público de Pasajeros; la resolución exenta Nº 1.113, de 14 de diciembre de 2009, de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins que "Fija trazados a los servicios de la locomoción colectiva rural al interior de la zona urbana de Rancagua"; los oficios Nos 1177 y 1179, ambos de fecha 3 de septiembre de 2018 de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins; la propuesta de optimización de uso de vías en el radio urbano de la ciudad de Rancagua, de fecha 5 de junio de 2019, de esta Secretaría Regional Ministerial; oficio Nº 839, de fecha 11 de junio de 2019, enviado a la I. Municipalidad de Rancagua; el oficio Nº 840, de fecha 11 de junio de 2019, enviado a la Prefectura de Cachapoal de Carabineros de Chile VI Zona; oficio Nº 248, de 21 de mayo de 2019, de la Prefectura de Carabineros Cachapoal Nº 11, VI Zona Libertador Bernardo O'Higgins; Ord. Nº 601 DITT. Nº 187, de 24 de junio de 2019, de la Dirección de Tránsito y Transporte Público, de la ilustre Municipalidad de Rancagua; la resolución Nº 7 de 2019, de la Contraloría General de la República, y la demás normativa que resulte aplicable.

Considerando:

  1. - Que, el artículo 53º del decreto Nº 212 de 1992, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que establece el Reglamento de los Servicios Nacionales de Transporte Público de Pasajeros; expresa: "El Secretario Regional, con informe de Carabineros de Chile y de la Municipalidad respectiva, podrá fijar los trazados que deberán utilizar los servicios rurales al interior de las zonas urbanas, atendiendo a sus orígenes y destinos y terminales, o recintos y lugares de la vía pública a que se refiere el artículo siguiente. Asimismo, el Secretario Regional podrá disponer controles horarios a dichos servicios en su circulación por los trazados que se fijen al interior de la zona urbana, También podrá la autoridad antes aludida, para un uso más racional de las vías, determinar horarios para la circulación de los vehículos con que se prestan los mencionados servicios en los trazados que fije.".

  2. - Que, mediante resolución exenta Nº 1.113, de 14 de diciembre de 2009, citada en Visto, se fijaron trazados a los servicios de locomoción colectiva rural al interior de la zona urbana de la comuna de Rancagua, la cual fue publicada con fecha 4 de febrero de 2010 en el Diario Oficial.

  3. - Que, en virtud al crecimiento regional, el cual requiere nuevas vías de tránsito para que el transporte público rural llegue a los distintos terminales habilitados, se hace necesario incorporar trazados a los ya fijados al interior de la ciudad de Rancagua para los servicios rurales de Buses y Taxis Colectivos, fijados por resolución exenta Nº 1.113 de 2009 de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins.

  4. - Que, mediante los oficios Nº 1177 y 1179, ambos de fecha 3 de septiembre de 2018, oficios Nº 839 y Nº 840, ambos de fecha 11 de junio de 2019, todos de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins se solicitó a la I. Municipalidad de Rancagua y a la Prefectura Cachapoal de la VI Zona de Carabineros de Chile, emitir el informe a que se refiere el artículo 53º del DS Nº 212 de 1992 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, de manera de fijar los trazados que deberán utilizar los servicios rurales de transporte público de pasajeros prestados con Buses y Taxis Colectivos, al interior de la zona urbana de la ciudad de Rancagua, atendiendo al origen - destino y terminales o recintos fuera de la vía pública.

  5. - Que, mediante oficio Nº 248, de 21 de mayo de 2019, la Prefectura de Carabineros Cachapoal Nº 11, VI Zona Libertador Bernardo O'Higgins remitió el informe al tenor de lo solicitado. Asimismo, mediante Ord. Nº 601 DITT Nº 187, de 24 de junio de 2019, de la Dirección de Tránsito y Transporte Publico, la ilustre Municipalidad de Rancagua remitió respuesta al requerimiento del informe antes indicado.

    Resuelvo:

  6. Fíjense al interior de la zona urbana de Rancagua, los siguientes trazados que deberán utilizar los servicios rurales de transporte público de pasajeros prestados con taxis colectivos y buses, para ingresar y/o salir de la ciudad de Rancagua, atendiendo sus terminales.

    1.1 Fíjense al interior de la zona urbana de la comuna de Rancagua, los siguientes trazados que deberán utilizar los servicios de locomoción colectiva rural prestada con buses y taxis colectivos, para ingresar y salir del Terminal Rodoviario, ubicado en calle Dr. Salinas Nº 1115.

    1. ORIGEN SAN FRANCISCO DE MOSTAZAL

      a.1) Servicios de Transporte Público prestados con taxis colectivos que ingresan y/o egresan por la Ruta Travesía, provenientes de la comuna de San Francisco de Mostazal.

      Accesos

      Acceso Centro 1: Ruta Travesía - Av. Libertador Bernardo O'Higgins - Av. Viña del Mar - Terminal Rodoviario.

      Acceso Norte 1: Ruta Travesía - Av. Kennedy - Av. España - Av. Libertador Bernardo O'Higgins - Av. Viña del Mar - Terminal Rodoviario.

      Acceso Centro 2: Ruta Travesía - Av. Libertador Bernardo O'Higgins - Caletera de Servicio Ruta H 210 - Av. Central - Ruta H 210 (Camino Salvador Allende Gossens) - Av. Libertador Bernardo O'Higgins- Av. Viña del Mar - Terminal Rodoviario.

      Acceso Norte 2: Ruta Travesía - Av. Kennedy - Av. España - Av. Libertador Bernardo O'Higgins -Caletera de Servicio Ruta H 210 - Av. Central - Ruta H 210 (Camino Salvador Allende Gossens) - Av. Libertador Bernardo O'Higgins- Av. Viña del Mar - Terminal Rodoviario.

      Salidas

      Salida Centro 1: Terminal Rodoviario - Bombero Ricardo Ruidíaz - Av. Libertador Bernardo O'Higgins - Av. Viña del Mar - Av. República de Chile - Ruta Travesía.

      Salida Centro 2: Terminal Rodoviario - Bombero Ricardo Ruidíaz - Av. Libertador Bernardo O'Higgins - Av. España - Av. República de Chile - Ruta Travesía.

      a.2) Servicios de Transporte Público prestados con Buses que ingresan y/o egresan por la Ruta Travesía provenientes de la comuna de San Francisco de Mostazal.

      Accesos

      Acceso Norte: Ruta Travesía - Av. Kennedy - Av. España - Av. Libertador Bernardo O'Higgins - Av. Viña del Mar - Terminal Rodoviario.

      Acceso Centro: Ruta Travesía - Av. Libertador Bernardo O'Higgins - Av. Viña del Mar - Terminal Rodoviario.

      Salida

      Salida: Terminal Rodoviario - Bombero Ricardo Ruidíaz - Av. Libertador Bernardo O'Higgins - Av. España - Av. República de Chile - Ruta Travesía.

      a.3) Servicios de Transporte Público prestados con Buses que ingresan y/o egresan por la Ruta H 210, provenientes de la comuna de San Francisco de Mostazal.

      Accesos

      Acceso Poniente 1: Ruta H 210 (Camino Salvador Allende Gossens) - Av. Libertador Bernardo O'Higgins - Av. Viña del Mar - Terminal Rodoviario.

      Acceso Poniente 2: Ruta...

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