Resolución núm. 104 EXENTA, publicada el 19 de Enero de 2017. MODIFICA RESOLUCIÓN 3.1E/N° 4.635 EXENTA, DE 30 DE DICIEMBRE DE 2014, QUE APRUEBA PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO PARA LA OPERACIÓN DE LA RED DE SUCURSALES, EN LA FORMA QUE INDICA - MINISTERIO DE SALUD - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 659221873

Resolución núm. 104 EXENTA, publicada el 19 de Enero de 2017. MODIFICA RESOLUCIÓN 3.1E/N° 4.635 EXENTA, DE 30 DE DICIEMBRE DE 2014, QUE APRUEBA PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO PARA LA OPERACIÓN DE LA RED DE SUCURSALES, EN LA FORMA QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE SALUD
Rango de LeyResolución

MODIFICA RESOLUCIÓN 3.1E/N° 4.635 EXENTA, DE 30 DE DICIEMBRE DE 2014, QUE APRUEBA PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO PARA LA OPERACIÓN DE LA RED DE SUCURSALES, EN LA FORMA QUE INDICA

Núm. 4A/104 exenta.- Santiago, 13 de enero de 2017.

Vistos estos Antecedentes:

La resolución exenta 3.1E/N° 4.635, de 30 de diciembre de 2014, que aprueba procedimiento administrativo para la operación de la red de sucursales; el correo electrónico de don Erick Arriagada Vera, Jefe Departamento Auditoría Interna, de 9 de enero de 2017, y su planilla del 4° Seguimiento de Compromisos de Auditoría 2016 adjunta; el correo electrónico de doña Carla Montiglia Díaz de Alda, de 12 de enero de 2017, y su propuesta de modificación adjunta;

Considerando:

Primero: Que el Departamento de Auditoría Interna, en cumplimiento de sus labores, ha encontrado el siguiente hallazgo respecto del trabajo del Departamento de Gestión Territorial: "Se evidenció debilidad en el control interno para la reposición de faltantes en los cierres de sucursal. En efecto, la revisión de dichos cierres durante el mes de julio arrojó tres sucursales cuyos faltantes no han sido repuestos a la fecha de este informe de auditoría, contraviniendo el plazo de 24 horas dispuesto para la realización de reposición de faltantes para montos superiores a $10.000 establecido en el Manual de Sucursales, siendo el detalle de los casos el siguiente: (Ver cuadro en informe)". A tales efectos, se formuló la siguiente recomendación: "El Departamento de Gestión Territorial debe establecer formalmente los controles en relación a los faltantes originados en las sucursales, tanto en su eficiencia, con el fin de detectar la totalidad de situaciones; oportunidad, es decir, que se ajuste al plazo de 24 horas para la reposición y finalmente en su eficacia, garantizando la reposición de la totalidad de los montos";

Segundo: En relación con tal hallazgo y recomendación, el Departamento de Gestión Territorial asumió el siguiente compromiso: "Se actualizará Manual de administración de sucursales, 'lntermediación de servicios', en cuanto a los faltantes, ya que no se hace la diferencia cuando el faltante se presenta el día del cierre de la sucursal o cuando este faltante se genera en el conteo que realiza Prosegur, en este último el plazo de reposición dependerá si el jefe de sucursal solicite o no revisión de video a Prosegur", cuyo medio de verificación será el "Manual aprobado por resolución";

Tercero: Que, el Departamento de...

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