Resolución núm. 102 EXENTA, publicada el 10 de Noviembre de 2014. MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 39 EXENTA, DE 2008, QUE EXCEPCIONA DE LAS RETENCIONES POR CAMBIO DE SUJETO DE DERECHO DEL IVA A LAS OPERACIONES RESPALDADAS CON DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS EMITIDOS POR CONTRIBUYENTES EMISORES ELECTRÓNICOS - MINISTERIO DE HACIENDA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 543101722

Resolución núm. 102 EXENTA, publicada el 10 de Noviembre de 2014. MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 39 EXENTA, DE 2008, QUE EXCEPCIONA DE LAS RETENCIONES POR CAMBIO DE SUJETO DE DERECHO DEL IVA A LAS OPERACIONES RESPALDADAS CON DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS EMITIDOS POR CONTRIBUYENTES EMISORES ELECTRÓNICOS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE HACIENDA
Rango de LeyResolución

MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 39 EXENTA, DE 2008, QUE EXCEPCIONA DE LAS RETENCIONES POR CAMBIO DE SUJETO DE DERECHO DEL IVA A LAS OPERACIONES RESPALDADAS CON DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS EMITIDOS POR CONTRIBUYENTES EMISORES ELECTRÓNICOS

Extracto de resolución exenta del Servicio de Impuestos Internos Nº 102 del 4 de noviembre de 2014 que establece:

Elimínase, en el considerando 3º y en el dispositivo Nº 1 de la resolución Ex. SII Nº 39, de fecha 27.03.2008, las expresiones "Nº 7 de 2003" y "chatarra".

En consecuencia, los agentes retenedores de chatarra, que adquieran chatarra o contraten servicios de maquila efectuados por contribuyentes que no son agentes retenedores de estos productos, a contar de la vigencia de la presente resolución, deberán retener, declarar y enterar en arcas fiscales el 100% del Impuesto al Valor Agregado asociado a estas operaciones, independiente de la condición de facturador electrónico que pueda tener el vendedor de estos productos.

La presente resolución regirá a contar de la fecha de su publicación en extracto en el Diario Oficial.

El texto íntegro de esta resolución está publicado en la Oficina Virtual del Servicio de Impuestos Internos en internet (www.sii.cl) y, además, aparecerá en el Boletín del SII del mes de noviembre de 2014.

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