Resolución núm. 101 EXENTA, publicada el 10 de Noviembre de 2016. DENIEGA SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA FOLIO AS002T0000012 Y DECLARA RESERVA DE LA INFORMACIÓN QUE SE INDICA, EN VIRTUD DE LA LEY N° 20.285 - MINISTERIO DE MINERÍA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 652940633

Resolución núm. 101 EXENTA, publicada el 10 de Noviembre de 2016. DENIEGA SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA FOLIO AS002T0000012 Y DECLARA RESERVA DE LA INFORMACIÓN QUE SE INDICA, EN VIRTUD DE LA LEY N° 20.285

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE MINERÍA
Rango de LeyResolución

DENIEGA SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA FOLIO AS002T0000012 Y DECLARA RESERVA DE LA INFORMACIÓN QUE SE INDICA, EN VIRTUD DE LA LEY N° 20.285

Núm. 101 aprobatoria exenta.- Santiago, 29 de septiembre de 2015.

Visto:

  1. La Constitución Política de la República de Chile;

  2. El D.F.L. Nº 1/19.653 (Segpres), de 2000, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional sobre Bases Generales de la Administración del Estado;

  3. La ley Nº 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado;

  4. La ley Nº 20.285, sobre Acceso a la Información Pública y su Reglamento aprobado mediante decreto supremo Nº 13, del año 2009, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia;

  5. Lo dispuesto en los artículos , letra g) y 12 del decreto ley Nº 1.349, de 1976, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley Nº 1, de 1987, del Ministerio de Minería, y sus posteriores modificaciones;

  6. La resolución exenta Nº 1.190 de la Vicepresidencia Ejecutiva de la Comisión, de 10 de noviembre de 2010, publicada en el Diario Oficial de 18 de noviembre de 2010 y sus modificaciones posteriores, y

  7. El DS Nº 94, de 2014, del Ministerio de Minería.

    Considerando:

  8. Que, con fecha 9 de septiembre de 2015, don Lucio Cuenca Berger, formuló a través del Portal de Transparencia del Estado, bajo el Folio AS002T0000012, la solicitud de acceso a la información pública, cuyo tenor literal es el siguiente: "Solicita Oficio Nº 343 del 3 de diciembre de 2014. Informe sobre proyecto minero de Codelco de Cotacachi (Imbabura)."

  9. Que, conforme a lo establecido en el artículo 10 de la ley Nº 20.285, sobre Acceso a la Información Pública, "Toda persona tiene derecho a solicitar y recibir información de cualquier órgano de la Administración del Estado, en la forma y condiciones que establece esta ley".

  10. Que el artículo 5º del citado cuerpo legal dispone que son públicos los actos y resoluciones de los órganos de la Administración del Estado, sus fundamentos, los documentos que les sirvan de sustento y complemento directo y esencial, y los procedimientos que se utilicen para su dictación; la información elaborada con presupuesto público; y toda otra información que obre en poder de la Administración, cualquiera sea su formato, soporte, fecha de creación, origen, clasificación o procesamiento, a menos que esté...

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