Resolución núm. 1 EXENTA, publicada el 30 de Marzo de 2019. RESOLUCIÓN QUE ESTABLECE LOS CRITERIOS PARA DETERMINAR LAS CONDICIONES DE VENTILACIÓN EN LAS COMUNAS DE CONCÓN, QUINTERO Y PUCHUNCAVÍ, PARA LA GESTIÓN DE EPISODIOS CRÍTICOS
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE |
Rango de Ley | Resolución |
RESOLUCIÓN QUE ESTABLECE LOS CRITERIOS PARA DETERMINAR LAS CONDICIONES DE VENTILACIÓN EN LAS COMUNAS DE CONCÓN, QUINTERO Y PUCHUNCAVÍ, PARA LA GESTIÓN DE EPISODIOS CRÍTICOS
Núm. 1 exenta.- Valparaíso, 30 de marzo de 2019.
Vistos:
Lo establecido en la ley Nº 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en el DS Nº 39, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, que Aprueba el Reglamento para la Dictación de Planes de Prevención y de Descontaminación; en el DS Nº 10, de 2015, del Ministerio del Medio Ambiente, que declara zona saturada por material particulado fino respirable MP2,5 como concentración anual y latente como concentración diaria, y zona latente por material particulado respirable MP10, como concentración anual, a las comunas de Concón, Quintero y Puchuncaví; en el artículo 46 del DS Nº 105, de 27 de diciembre de 2018, que Establece el Plan de Prevención y de Descontaminación Atmosférica para las comunas de Concón, Quintero y Puchuncaví; en el decreto supremo Nº 52, del 20 de marzo de 2018, del Ministerio del Medio Ambiente; resolución exenta Nº 19, del 24 de enero de 2019, del Ministerio del Medio Ambiente, y en la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, y
Considerando:
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Que, el DS Nº 105, de 27 de diciembre de 2018, del Ministerio del Medio Ambiente, que Establece el Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para las comunas de Concón, Quintero y Puchuncaví, dispone que el Delegado Presidencial Regional, con el apoyo de la Seremi del Medio Ambiente, coordinará la Gestión de Episodios Críticos, cuyo objetivo será enfrentar los episodios críticos de contaminación atmosférica por material particulado (MP10 y MP2,5), Dióxido de Azufre (SO2) y Compuestos Orgánicos Volátiles (COVs), que se producen como consecuencia de malas condiciones de ventilación, con el fin de adoptar medidas preventivas y/o de control frente a situaciones que pongan en riesgo la salud de la población.
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Que, conforme al artículo 46 del DS Nº 105, del Ministerio del Medio Ambiente, la Seremi del Medio Ambiente dictará, en el plazo de 30 días hábiles desde la publicación de dicho decreto en el Diario Oficial, una resolución mediante la cual establecerá los criterios para determinar si las condiciones de ventilación son buenas, regulares o malas, previo informe de la Dirección Meteorológica de Chile. Asimismo, el aludido Plan establece que los criterios para determinar las condiciones de ventilación considerarán, entre...
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