Resolución núm. 1 EXENTA, publicada el 23 de Enero de 2019. NOMBRA MEDIADOR FINANCIERO, ELIMINA Y ACTUALIZA NÓMINA DEL REGISTRO DE MEDIADORES FINANCIEROS
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO |
Rango de Ley | Resolución |
NOMBRA MEDIADOR FINANCIERO, ELIMINA Y ACTUALIZA NÓMINA DEL REGISTRO DE MEDIADORES FINANCIEROS
Núm. 1 exenta.- Santiago, 3 de enero de 2019.
Vistos:
Lo dispuesto en la ley N° 19.496, sobre Protección de los Derechos de los Consumidores y sus modificaciones; el decreto supremo N° 41, de 2012, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que aprueba el Reglamento sobre Sello Sernac; la ley N° 19.880, que Establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la resolución exenta N° 1.174, de 2012, del Servicio Nacional del Consumidor, en adelante e indistintamente "Sernac", que Crea el Registro de Mediadores Financieros; el decreto supremo N° 90, de 23 de abril de 2018, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que nombra a don Lucas del Villar Montt como Director Nacional del Servicio Nacional del Consumidor; y la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.
Considerando:
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- Lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 56 A, del Título V de la ley N° 19.496, "El mediador y el árbitro financiero deberán estar inscritos en una nómina elaborada por el Servicio Nacional del Consumidor, que deberá mantenerse actualizada y disponible en su sitio web. Esta nómina deberá dividirse regionalmente, especificando las comunas y oficinas en las que cada mediador y árbitro financiero estará disponible para realizar su función".
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- Que, en ejercicio de las funciones de este Servicio, y de acuerdo a lo establecido en el Párrafo 2° del Título IV del Reglamento sobre Sello Sernac, que trata de los Requisitos y Procedimiento de Postulación e Inscripción en la Nómina de Mediadores y Árbitros Financieros, se sometió a tramitación, a través de diversos actos administrativos, la solicitud de Inscripción en el Registro de Mediadores del señor Álvaro Ernesto García Strohm y del señor Sebastián Ramón Hamel Rivas.
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- Que, el procedimiento precedentemente señalado comprende una etapa de revisión de antecedentes, en la cual se verifica el cumplimiento de los requisitos exigidos por la ley N° 19.496, el decreto supremo N° 41 de 2012, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, y la resolución exenta N° 1.174/2012 de este Servicio, en la que se examina si el o los solicitantes cumplen efectivamente los presupuestos legales y reglamentarios que habilitan su nombramiento.
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- Que, concluida la etapa indicada en el considerando anterior, este Director Nacional...
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