Resolucion núm. 483 EXENTA, el 21 de Marzo de 2007. APRUEBA REGLAMENTO INTERNO DEL DIRECTORIO DEL CONSEJO NACIONAL DE LA CULTURA Y LAS ARTES - CONSEJO NACIONAL DE LA CULTURA Y LAS ARTES - OTROS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 470443810

Resolucion núm. 483 EXENTA, el 21 de Marzo de 2007. APRUEBA REGLAMENTO INTERNO DEL DIRECTORIO DEL CONSEJO NACIONAL DE LA CULTURA Y LAS ARTES

Publicado enDiario Oficial
EmisorCONSEJO NACIONAL DE LA CULTURA Y LAS ARTES
Rango de LeyResolución

APRUEBA REGLAMENTO INTERNO DEL DIRECTORIO DEL CONSEJO NACIONAL DE LA CULTURA Y LAS ARTES

Núm. 483 exenta.- Valparaíso, 10 de marzo de 2006.- Visto: Estos antecedentes; lo dispuesto en la resolución exenta Nº 336, de fecha 12 de septiembre de 2003, del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes, que aprueba Reglamento para el Nombramiento de los Integrantes del Directorio, del Comité Consultivo Nacional, de los Consejeros Regionales y de los Comités Consultivos Regionales del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes; el proyecto de Reglamento Interno de funcionamiento del Directorio, propuesto por este órgano pluripersonal; el Acta de la Sesión Extraordinaria Nº 1, de fecha 29 de enero de 2004, del Directorio Nacional de este Consejo, que aprueba su Reglamento Interno de funcionamiento; y el memorando interno Nº 04/141, de fecha 28 de febrero de 2006, del Jefe del Departamento Jurídico;

Considerando:

Que la ley Nº 19.891, en su artículo 1º, dispone que el Consejo Nacional de la Cultura y las Artes es un servicio público autónomo, descentralizado y territorialmente desconcentrado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que tiene por objeto apoyar el desarrollo de las artes y la difusión de la cultura, contribuir a conservar, incrementar y poner al alcance de las personas el patrimonio cultural de la Nación y promover la participación de éstas en la vida cultural del país;

Que, la misma ley establece en su Título 1º, artículo 6º, relativo a las atribuciones conferidas al Directorio, en calidad de órgano de dirección superior del Consejo, la de cumplir y hacer cumplir las funciones que la ley asigna a este Consejo; aprobar anualmente el plan de trabajo del Consejo, la memoria, el balance del año anterior y conocer el anteproyecto de presupuesto para el Servicio; proponer al Presidente de la República los proyectos de ley y actos administrativos que crea necesarios para la debida aplicación de las políticas culturales y para el desarrollo de la cultura, la creación y difusión artística y la conservación del patrimonio cultural; resolver la distribución de los recursos del Fondo Nacional de Desarrollo Cultural y las Artes; y designar a las personas que integrarán los Comités de Especialistas, la Comisión de Becas y los jurados que deban intervenir en la selección y asignación de dichos recursos;

Que, en su artículo 7º, la ley dispone que un Reglamento Interno que dictará el propio Directorio, contendrá las normas relativas a las sesiones ordinarias y extraordinarias, el quórum para sesionar y para adoptar acuerdos, los procedimientos para decidir en caso de empate y, en general, aquellas normas que permitan una gestión flexible, eficaz y eficiente de este órgano del Consejo;

Que, conforme lo dispone el artículo 3º de la ley Nº 19.880, sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos del Estado, las decisiones de los órganos administrativos pluripersonales se denominan acuerdos y se llevan a efecto por medio de resoluciones de la autoridad ejecutiva de la entidad correspondiente, debiendo, en consecuencia, dictarse el acto administrativo que apruebe el Reglamento Interno del Directorio del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes;

Y teniendo presente: Lo dispuesto en la ley Nº 19.891 que creó el Consejo Nacional de la Cultura y las Artes, especialmente lo contemplado en su Título I; en el decreto supremo Nº 65, de 2004, del Ministerio de Educación, que aprueba el Reglamento del Fondo Nacional de Desarrollo Cultural y las Artes; en la ley Nº 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los órganos de la Administración del Estado, especialmente lo contemplado en sus artículos 3º inciso 7º y 48º; y en la resolución Nº 520, de 1996, y sus modificaciones, de la Contraloría General de la República, dicto la siguiente

Resolución:

Artículo primero

Apruébese el Reglamento Interno del Directorio del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes, cuyo texto es el siguiente:

REGLAMENTO INTERNO DEL DIRECTORIO DEL CONSEJO NACIONAL DE LA CULTURA Y LAS ARTES

Artículo 1º Ambito de Aplicación

El presente reglamento regula el funcionamiento interno del Directorio del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes, establecido en el Párrafo 2º, del Título I, de la ley Nº 19.891.

Artículo 2º Definiciones

Para los efectos del presente reglamento, las palabras que se indican a continuación, tendrán el siguiente significado:

  1. "Consejo": El servicio público denominado Consejo Nacional de la Cultura y las Artes.

  2. "Directorio": El Directorio del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes.

  3. "Consejero" o "Consejeros": Los miembros del Directorio del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes.

  4. "Presidente del Consejo": El Ministro Presidente del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes y Jefe Superior del Servicio.

  5. "Ley" o "la Ley": La ley Nº 19.891, que crea el Consejo Nacional de la Cultura y las Artes y el Fondo Nacional de Desarrollo Cultural y las Artes.

  6. "Comité Consultivo Nacional": el Comité Asesor del Directorio, a que se refiere el Párrafo 4º del Título I de la ley.

  7. "Consejo Regional o Consejos Regionales": Cada uno de los órganos en que se desconcentra...

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