Resolucion núm. 1052 EXENTA, el 17 de Enero de 2006. REGULA EXAMEN DE MEDICINA PREVENTIVA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE SALUD |
Rango de Ley | Resolución |
REGULA EXAMEN DE MEDICINA PREVENTIVA
Núm. 1.052 exenta.- Santiago, 16 de diciembre de 2005.- Visto: estos antecedentes; lo dispuesto en los artículos 33, 34 Nº 2 y tercero transitorio de la ley Nº 19.966, en el artículo 8º de la ley Nº 18.469 y en el artículo 35 de la ley 18.933; en los artículos 14 y 15 del decreto Nº 170 de 2004, del Ministerio de Salud; las facultades que me otorgan los artículos 4º y 6º del decreto ley Nº 2.763 de 1979 y lo establecido en la resolución Nº 520 de 1996, de la Contraloría General de la República;
Considerando:
- La necesidad de realizar exámenes de salud para la prevención y control del daño y mortalidad de problemas de salud priorizados en el documento "Los Objetivos Sanitarios para la Década 2000-2010".
- La información científica cuya evidencia hace recomendable su aplicación a población específica.
- Que existe terapia adecuada en los problemas de salud identificados y que su aplicación es costo - efectiva; dicto la siguiente,
Resolución:
El examen de medicina preventiva, establecido en el artículo 8º de la ley Nº 18.469, a que tienen derecho los beneficiarios de dicha ley y de la ley Nº 18.933, estará constituido por un plan periódico de monitoreo y evaluación de la salud a lo largo del ciclo vital que tiene por objeto reducir o postergar la morbimortalidad, discapacidad o sufrimiento, debido a aquellos problemas de salud, es decir enfermedades o condiciones prevenibles o controlables, que formen parte de las prioridades sanitarias, mediante la detección precoz en los beneficiarios.
Inclúyanse en el examen de medicina preventiva los siguientes problemas de salud, respecto de los cuales se señalan la definición del problema, el examen para la detección y el procedimiento y las condiciones para su realización.
PREVENCION DE PROBLEMAS DE SALUD SEGUN GRUPOS DE
POBLACION GENERAL
-
EMBARAZADAS
-
Diabetes Mellitus Gestacional
Definición: Es una alteración del metabolismo de los hidratos de carbono de severidad variable que se inicia o se pesquisa por primera vez durante el embarazo. La hiperglicemia materna determina en el feto y en el recién nacido mayor morbilidad perinatal debido principalmente a macrosomía e hipoglicemia.
Examen:
- Objetivo: Detección precoz de diabetes
gestacional para prevenir las
complicaciones obstétricas, maternas
y morbilidad perinatal.
- Intervención: Glicemia en ayunas de al menos 8 horas.
- Frecuencia: En el primer control del embarazo,
idealmente antes de las 13 semanas.
- Beneficiario: 100% de las embarazadas.
Procedimiento:
- Descripción del método: Examen en sangre venosa. Con
un valor igual o mayor a 105
mg/dl, referir para realizar
un segundo examen que
confirme o descarte el
diagnóstico. Con un valor
inferior a 105 mg/dl se
realizará una Prueba de
Tolerancia a la Glucosa Oral
entre las 24 y 28 semanas de
gestación, como parte del
control habitual del
embarazo.
- Profesional responsable: médico, matrona, enfermera,
enfermera-matrona.
-
Infección por Virus de Inmunodeficiencia Humana
Definición: La infección por Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH) tipo 1 o tipo 2, se caracteriza clínicamente por una infección asintomática durante un período variable de hasta alrededor de 8 años debido a equilibrio entre replicación viral y respuesta inmunológica del paciente. Posteriormente se rompe este equilibrio aumentando la carga viral y deteriorándose la función inmune, lo que permite la aparición de diversas infecciones, clásicas y oportunistas, y tumores con lo que se llega a la etapa de Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (SIDA).
Examen:
- Objetivo: Detección precoz de la infección por
VIH en embarazadas.
- Intervención: Test de Elisa para VIH en sangre.
- Frecuencia: Una vez durante el embarazo, en el
segundo control prenatal.
- Beneficiario: 100% de las embarazadas que aceptan
realizarse el examen.
Procedimiento:
- Tipo de muestra: Sangre venosa.
- Descripción del método: Test de Elisa de tamizaje y
confirmación por el
Instituto de Salud Pública
(ISP) cuando corresponda,
con consejería abreviada pre
y post examen.
- Profesional responsable: médico, matrona, enfermera,
enfermera-matrona.
-
Sífilis
Definición: La sífilis es una infección que se adquiere por contacto sexual, vía transplacentaria, transfusión de sangre fresca o inoculación directa. Su agente causal es el Treponema pallidum, es una espiroqueta, anaerobio estricto, que por sus características microbiológicas específicas no ha logrado cultivarse in vitro ni diferenciarse por marcadores inmunológicos, estructurales o metabólicos. Se multiplica por fisión en un período de 33 horas y su poder patógeno es por invasión e hipersensibilidad tipos III y IV.
Examen:
- Objetivo: Detección precoz de la infección por
sífilis en embarazadas.
- Intervención: Examen de VDRL (Venereal Disease
Research Laboratory) o RPR (Rapid
Plasma Reagin) en sangre.
- Frecuencia: Primer examen en el primer control
prenatal; segundo examen a las 28
semanas de gestación y tercer examen
entre las 32 y 34 semanas de gestación.
- Beneficiario: 100% embarazadas.
Procedimiento:
- Tipo de Muestra: Sangre venosa.
- Descripción del método: Examen de tamizaje que mide
los anticuerpos reagínicos
que resultan de la
interacción de la bacteria
Treponema pallidum y los
tejidos del paciente. Si el
examen es positivo referir
a médico.
- Profesional responsable: médico, matrona, enfermera,
enfermera-matrona.
-
-
RECIEN NACIDOS
-
Fenilcetonuria
Definición: La fenilcetonuria es un trastorno metabólico hereditario caracterizado por un déficit de la enzima fenilalanina hidroxilasa, que produce la acumulación del aminoácido fenilalanina, provocando daño neurológico progresivo y finalmente retardo mental, si no es tratada oportunamente.
Examen:
- Objetivo: Detectar precozmente recién nacidos
portadores de fenilcetonuria, con el
objeto de prevenir el retardo mental
profundo producido por la enfermedad
si no es detectada antes del primer mes
de vida.
El diagnóstico precoz en el período de
recién nacido (RN menor de 15 días)
permite la restricción dietaria de
fenilalanina, evitando el daño
irreversible.
- Intervención: Determinación de fenilalanina en
sangre.
- Frecuencia: Una vez, dentro de los 15 días desde
el nacimiento.
- Beneficiario: 100% de los recién nacidos.
Procedimiento:
- Tipo de Muestra: Sangre (micro método).
- Descripción del método: La muestra se obtiene por
punción del talón del RN con
lanceta estéril, desechable
(2.0 a 2.4 mm profundidad),
recolectándose la gota de
sangre directamente en la
tarjeta con papel filtro,
dentro de los círculos
demarcados, no antes de las
40 horas de vida. En los
recién nacidos prematuros,
en los que están en
tratamiento con antibióticos
y en los dados de alta en
forma precoz, referirse a
la Norma para el Optimo
Desarrollo de Programas de
Búsqueda Masiva de
Fenilcetonuria e
Hipotiroidismo Congénito,
Ministerio de Salud 1999.
- Profesional responsable: médico, matrona, enfermera,
enfermera-matrona.
-
Hipotiroidismo Congénito
Definición: El hipotiroidismo congénito se caracteriza por ausencia o desarrollo anormal de la glándula tiroides o falla de la estimulación de la misma por la hipófisis o por la síntesis anormal de las hormonas tiroídeas, provocando retardo mental severo irreversible y retardo del crecimiento y desarrollo.
Examen:
- Objetivo: Detectar precozmente recién nacidos con
hipotiroidismo congénito, para prevenir
el daño a través del tratamiento con
terapia hormonal de reemplazo.
- Intervención: Determinación de TSH en sangre.
- Frecuencia: Una vez, dentro de los 15 días desde
el nacimiento.
- Beneficiario: 100% de los recién nacidos.
Procedimiento:
- Tipo de Muestra: Sangre (micro método).
- Descripción del método: La...
-
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