Resolución núm. 521 EXENTA, publicada el 28 de Enero de 2014. MODIFICA RESOLUCIÓN Nº1.379 EXENTA, DE 2010, EN LO REFERIDO A LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA DIVISIÓN ADMINISTRATIVA Y DETERMINA FUNCIONES - MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 488330222

Resolución núm. 521 EXENTA, publicada el 28 de Enero de 2014. MODIFICA RESOLUCIÓN Nº1.379 EXENTA, DE 2010, EN LO REFERIDO A LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA DIVISIÓN ADMINISTRATIVA Y DETERMINA FUNCIONES

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Rango de LeyResolución

MODIFICA RESOLUCIÓN Nº1.379 EXENTA, DE 2010, EN LO REFERIDO A LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA DIVISIÓN ADMINISTRATIVA Y DETERMINA FUNCIONES

Santiago, 23 de enero de 2014.- Hoy se resolvió lo que sigue:

Núm. 521 exenta.- Vistos: La ley Nº 16.391; el decreto ley Nº 1.305 (V. y U.), de 1975; la resolución exenta Nº 1.379 (V. y U.), de 2010 que aprobó la estructura orgánica del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, de las Secretarías Regionales Ministeriales, de los Servicios de Vivienda y Urbanización y del Parque Metropolitano de Santiago; la resolución Nº 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón, y

Teniendo presente:

  1. El artículo 18 del decreto ley Nº 1.305 (V. y U.), de 1975, que fija las funciones y atribuciones de la División Administrativa.

  2. La necesidad de actualizar la estructura orgánica de la División Administrativa de esta Secretaría de Estado, así como las funciones de los departamentos y unidades dependientes con el objeto de responder adecuadamente a los requerimientos de apoyo a la gestión institucional, dicto la siguiente:

    Resolución:

    1. Modifícase la resolución exenta Nº 1.379 (V. y U.), de 2010, en el sentido de reemplazar la estructura orgánica de la División Administrativa, por la siguiente:

    2. A la División Administrativa (Divad) le corresponde el ejercicio de las funciones señaladas en el artículo 18 del DL Nº 1.305 (V. y U.), de 1976. Sin perjuicio de ello, a sus unidades dependientes le corresponderán las funciones que en los puntos resolutivos siguientes se establecen.

    3. Determínense las funciones del Departamento de Recursos Humanos, en los términos que a continuación se indican:

  3. Gestionar el ciclo laboral del personal de planta, contrata y honorarios, en todas sus fases, a saber, de ingreso, mantención, desarrollo y egreso; así como asesorar a los Serviu y Seremi de Vivienda y Urbanismo, cuando corresponda.

  4. Administrar la planta nacional de cargos del sector vivienda, incluyendo los procesos de ascensos, promociones, solicitudes de traslado interno y desvinculación del personal.

  5. Gestionar el presupuesto sectorial correspondiente al Subtítulo 21, Gastos en Personal, así como monitorear el comportamiento del gasto en horas extraordinarias y viáticos de la Subsecretaría y Seremi de Vivienda y Urbanismo.

  6. Elaborar y/o ejecutar según corresponda, actos administrativos relacionados con el personal de planta, contrata y honorarios, tales como resoluciones y decretos de nombramientos o contrataciones, permisos, feriados legales, cometidos, reconocimiento de asignaciones familiares, desplazamientos tanto en el territorio nacional como al extranjero, entre otros.

  7. Planificar, organizar, coordinar y controlar el sistema de gestión del desempeño del personal de la Subsecretaría y Seremi de Vivienda y Urbanismo.

  8. Diseñar y/o actualizar perfiles de cargo, así como evaluar brechas de competencias según perfiles vigentes.

  9. Gestionar los módulos de administración del sistema informático de gestión de recursos humanos.

  10. Administrar el proceso de pago de remuneraciones del personal a nivel nacional y la gestión de las licencias médicas de la Subsecretaría.

  11. Otorgar atención social a los funcionarios y a su grupo familiar, brindando apoyo y orientación en materias de salud, previsión, retiro laboral, caja de compensación, entre otras.

  12. Reconocer el derecho de sala cuna y el beneficio del jardín infantil, conforme a la normativa vigente en la materia.

  13. Velar por la aplicación de los procedimientos de denuncia...

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