Resolución núm. 6512 EXENTA, publicada el 22 de Agosto de 2012. CREA UNIDAD ASESORA 'GESTIÓN HIPOTECARIA', MODIFICA RESOLUCIÓN N° 1.379 EXENTA, DE 2010, EN LO REFERIDO A LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA DIVISIÓN DE FINANZAS Y DETERMINA FUNCIONES
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO |
Rango de Ley | Resolución |
CREA UNIDAD ASESORA "GESTIÓN HIPOTECARIA", MODIFICA RESOLUCIÓN N° 1.379 EXENTA, DE 2010, EN LO REFERIDO A LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA DIVISIÓN DE FINANZAS Y DETERMINA FUNCIONES
Santiago, 16 de agosto de 2012.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 6.512 exenta.- Vistos: La ley N° 16.391; el decreto ley N° 1.305 (V. y U.), de 1975; la resolución exenta N° 1.379 (V. y U.), de 2010, que aprobó la estructura orgánica del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, de las Secretarías Regionales Ministeriales, de los Servicios de Vivienda y Urbanización y del Parque Metropolitano de Santiago; la resolución N° 541 (V. y U.), de 2011, que modificó la estructura orgánica de la División de Finanzas; la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón y,
Teniendo presente:
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El artículo 14 del decreto ley N° 1.305 (V. y U.), de 1975, que fija funciones y atribuciones de la División de Finanzas.
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La necesidad de adecuar la estructura orgánica en la División de Finanzas, fundamentada en la conveniencia de incorporar la gestión hipotecaria, reagrupar las funciones de planificación y de control de gestión, así como redistribuir funciones a nivel de secciones y equipos de trabajo, en función de la nueva estructura departamental, dicto la siguiente
Resolución:
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Créase en la División de Finanzas la unidad asesora denominada "Gestión Hipotecaria", dependiente jerárquica y funcionalmente del jefe de dicha División.
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Modifícase la resolución exenta N° 1.379 (V. y U.), de 2010, en el sentido de reemplazar la estructura orgánica de la División de Finanzas, por la siguiente:
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Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 14 del DL N° 1.305 (V. y U.), de 1975, a las unidades que se indican, dependientes jerárquica y funcionalmente de la Jefatura de la División de Finanzas, les corresponderá desarrollar las siguientes funciones:
3.1. Departamento de Presupuestos:
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Coordinar el proceso de formulación presupuestaria
a nivel sectorial.
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Proponer y gestionar las modificaciones y ajustes
al presupuesto del Ministerio.
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Programar, administrar, monitorear y llevar el
control general de los fondos asignados en el
presupuesto nacional para el sector, y de los
ingresos propios.
3.2. Departamento de Contabilidad:
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Definir y difundir políticas y procedimientos de
operación contable, procurando el control y
cumplimiento de los mismos; realizar análisis
contable de cuentas.
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Llevar los...
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