Resolucion núm. 434, el 15 de Diciembre de 2008. MODIFICA RESOLUCIÓN (A) N° 272, DE 2006, QUE APROBÓ EL TEXTO REFUNDIDO DEL REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE PROMOCIÓN Y ATRACCIÓN DE INVERSIONES A REGIONES-TODOCHILE - CORPORACIÓN DE FOMENTO DE LA PRODUCCIÓN - OTROS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 470197122

Resolucion núm. 434, el 15 de Diciembre de 2008. MODIFICA RESOLUCIÓN (A) N° 272, DE 2006, QUE APROBÓ EL TEXTO REFUNDIDO DEL REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE PROMOCIÓN Y ATRACCIÓN DE INVERSIONES A REGIONES-TODOCHILE

Publicado enDiario Oficial
EmisorCORPORACIÓN DE FOMENTO DE LA PRODUCCIÓN
Rango de LeyResolución

MODIFICA RESOLUCIÓN (A) N° 272, DE 2006, QUE APROBÓ EL TEXTO REFUNDIDO DEL REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE PROMOCIÓN Y ATRACCIÓN DE INVERSIONES A REGIONES- TODOCHILE

Santiago, 3 de noviembre de 2008.- Hoy se resolvió lo que sigue:

Núm. 434.- Visto:

  1. El Acuerdo de Consejo Nº 2.090, de 2000, que creó el Programa de Promoción y Atracción de Inversiones a Regiones-TODOCHILE y sus modificaciones.

  2. La resolución (A) Nº 272, de 2006, que dejó sin efecto el Reglamento del Programa de Promoción y Atracción de Inversiones a Regiones-TODOCHILE, aprobado por la resolución (A) N° 104, de 2002, y aprobó el texto refundido de dicho Reglamento, modificado a su vez por la resolución (A) N° 322, de 2007.

  3. Que el Reglamento no ha permitido hacerse cargo de las diversas situaciones que se han presentado durante la operación del Programa, por lo cual se hace necesario modificarlo.

  4. Las facultades que me confiere el Reglamento General de la Corporación; así como lo dispuesto en el Acuerdo de Consejo N° 2.454, de 2007; en la resolución (A) N° 272, de 2006; y lo establecido en la resolución Nº 55, de 1992, de la Contraloría General de la República, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por la resolución Nº 520, de 1996, y sus modificaciones posteriores, todas emanadas del mismo organismo,

Resuelvo:

Modifícase el texto refundido del Reglamento del Programa de Promoción y Atracción de Inversiones a Regiones-TODOCHILE, aprobado por la resolución (A) Nº 272, de 2006, modificado por la resolución (A) N° 322, de 2007, de la siguiente manera:

  1. Reemplázase el segundo párrafo de la letra b) del Numeral III.6 «Modalidades de Pago y Garantía», relativo a la Línea de Financiamiento «Subsidio a Estudios de Preinversión o de Asesorías Especializadas en la Etapa de Preinversión», por el siguiente:

    La garantía podrá ser constituida por el beneficiario o por un tercero, y se deberá entregar al momento de la firma del contrato que da cuenta del subsidio otorgado. Dicha garantía será devuelta una vez que los resultados del estudio o asesoría especializada hayan sido aprobados a satisfacción de CORFO, tanto respecto de sus aspectos técnicos, como de la rendición de gastos correspondiente

    .

  2. Reemplázanse los tres últimos párrafos del Numeral III.8 «Postulación», relativo a la Línea de Financiamiento «Subsidio a Estudios de Preinversión o de Asesorías Especializadas en la Etapa de Preinversión», por los siguientes:

    Los ejecutores de los estudios de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR