Resolucion núm. 101 EXENTA, el 30 de Julio de 2009. DENIEGA SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA FOLIO AS002W-0000003, Y DECLARA RESERVADA LA INFORMACIÓN CONTENIDA EN SUSCRIPCIONES INTERNACIONALES QUE INDICA, EN VIRTUD DE LA LEY Nº 20.285 - COMISIÓN CHILENA DEL COBRE - COMISIÓN NACIONAL - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 469989278

Resolucion núm. 101 EXENTA, el 30 de Julio de 2009. DENIEGA SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA FOLIO AS002W-0000003, Y DECLARA RESERVADA LA INFORMACIÓN CONTENIDA EN SUSCRIPCIONES INTERNACIONALES QUE INDICA, EN VIRTUD DE LA LEY Nº 20.285

Publicado enDiario Oficial
EmisorCOMISIÓN CHILENA DEL COBRE
Rango de LeyResolución

DENIEGA SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA FOLIO AS002W-0000003, Y DECLARA RESERVADA LA INFORMACIÓN CONTENIDA EN SUSCRIPCIONES INTERNACIONALES QUE INDICA, EN VIRTUD DE LA LEY Nº 20.285

Núm. 101 exenta.- Santiago, 22 de junio de 2009.- Visto:

  1. La Constitución Política de la República de Chile;

  2. El D.F.L. N° 1/19.653 (SEGPRES), de 2001, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N°18.575, Orgánica Constitucional sobre Bases Generales de la Administración del Estado;

  3. La ley Nº 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado;

  4. La ley Nº 20.285, sobre Acceso a la Información Pública y su Reglamento, aprobado mediante decreto supremo Nº 13, del año 2009, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia;

  5. Lo dispuesto en los artículos , letras f) y g), y 12 del decreto ley N° 1.349, de 1976, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley N° 1, de 1987, del Ministerio de Minería, y sus posteriores modificaciones, y

  6. El D.S. N° 243, de 2008, del Ministerio de Minería.

    Considerando:

  7. Que, con fecha 15 de junio de 2009, don Benjamín Herrera Sanfuentes formuló, a través del sitio electrónico "Sistema de Gestión de Solicitudes de Acceso de la Comisión Chilena del Cobre", la solicitud de acceso a la información pública Folio AS002W-0000003, en virtud de la ley Nº 20.285, sobre Acceso a la Información Pública, mediante la cual solicitó: "Obtener la producción mundial estimada de cobre para los próximos años, hasta el 2015". Finalmente, expone que "la información se solicita entregar en formato electrónico o digital";

  8. Que, con fecha 5 de junio de 2009, a través del SIAC de la Comisión Chilena del Cobre, don Benjamín Herrera Sanfuentes realizó la misma consulta a que se refiere el numeral anterior, a la cual se le dio respuesta por un profesional de la Dirección de Estudios y Políticas Públicas, en los siguientes términos: "En nuestros informes puede encontrar información de la producción mundial de mina y de refinado para dos años, es decir, 2009 y 2010. Hasta el año 2015 disponemos de la producción de cobre de mina de Chile.

    Respecto de una proyección hasta el 2015, no tenemos información pública al respecto para entregar";

  9. Que el D.L. N° 1.349, de 1976, Ley Orgánica de la Comisión Chilena del Cobre, dispone que a ésta le corresponde, entre otras cosas, informar al Gobierno...

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