Resolución núm. 26 EXENTA, publicada el 02 de Marzo de 2010. NOMBRA REPRESENTANTES TITULAR Y SUPLENTE DEL MINISTERIO DE ENERGÍA PARA INTEGRAR EL COMITÉ ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 87 DE LA LEY GENERAL DE SERVICIOS ELÉCTRICOS - MINISTERIO DE ENERGÍA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 469867910

Resolución núm. 26 EXENTA, publicada el 02 de Marzo de 2010. NOMBRA REPRESENTANTES TITULAR Y SUPLENTE DEL MINISTERIO DE ENERGÍA PARA INTEGRAR EL COMITÉ ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 87 DE LA LEY GENERAL DE SERVICIOS ELÉCTRICOS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ENERGÍA
Rango de LeyResolución

NOMBRA REPRESENTANTES TITULAR Y SUPLENTE DEL MINISTERIO DE ENERGÍA PARA INTEGRAR EL COMITÉ ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 87 DE LA LEY GENERAL DE SERVICIOS ELÉCTRICOS

Núm. 26 exenta.- Santiago, 22 de febrero de 2010.- Vistos:

1) Lo dispuesto en el artículo 87 del decreto con fuerza de ley N° 4, de 2006, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley N° 1, de 1982, del Ministerio de Minería, Ley General de Servicios Eléctricos, en adelante "LGSE";

2) Lo dispuesto en el artículo 13°9 de la Ley N° 20.402;

3) Lo dispuesto en el artículo 26 del decreto supremo N° 48, de 2009, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que aprobó el Reglamento que fija el procedimiento para la realización del Estudio de Transmisión Troncal;

4) La resolución exenta N° 1.312, de 1° de diciembre de 2009, de la Comisión Nacional de Energía, que aprobó las bases técnicas y administrativas definitivas para la realización del Estudio de Transmisión Troncal;

5) La resolución exenta N° 940, de 15 de septiembre de 2009, de la Comisión Nacional de Energía, que aprobó las bases de precalificación para optar al Registro de Empresas Precalificadas para la realización del Estudio de Transmisión Troncal;

6) La resolución exenta N° 1, de 2 de febrero de 2010, del Ministerio de Energía, que nombró representante del Ministerio para integrar el comité establecido en el artículo 87 de la Ley General de Servicios Eléctricos y estableció que los representantes titular y suplente nombrados por el Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción mediante resoluciones exentas N° 101 y 102, respectivamente, ambas de 12 de noviembre de 2009, dejarían de cumplir tales funciones, y

7) Lo resuelto en el artículo 7°, número 7.1.1, letra e) de la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

  1. Que, el artículo 87 de la LGSE, modificado por el artículo 13°9 de la Ley N° 20.402, dispone que el Ministerio de Energía deberá designar un representante de este servicio para integrar el comité que licitará, adjudicará y supervisará el estudio de transmisión troncal a que se refieren los artículos 83 y siguientes de la LGSE;

  2. Que, si bien el Ministerio de Energía, en cumplimiento de tal norma, con fecha 2 de febrero de 2010, mediante resolución exenta N° 1, nombró como representante...

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