Decreto núm. 1295, publicado el 05 de Diciembre de 1992. DECLARA A LA DIRECCION GENERAL DE RELACIONES ECONOMICAS INTERNACIONALES REPARTICION PUBLICA OFICIAL ENCARGADA DE CERTIFICAR EL ORIGEN DE LAS MERCANCIAS ELABORADAS Y PRODUCIDAS EN CHILE - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 496176262

Decreto núm. 1295, publicado el 05 de Diciembre de 1992. DECLARA A LA DIRECCION GENERAL DE RELACIONES ECONOMICAS INTERNACIONALES REPARTICION PUBLICA OFICIAL ENCARGADA DE CERTIFICAR EL ORIGEN DE LAS MERCANCIAS ELABORADAS Y PRODUCIDAS EN CHILE

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Rango de LeyDecreto

DECLARA A LA DIRECCION GENERAL DE RELACIONES ECONOMICAS INTERNACIONALES REPARTICION PUBLICA OFICIAL ENCARGADA DE CERTIFICAR EL ORIGEN DE LAS MERCANCIAS ELABORADAS Y PRODUCIDAS EN CHILE

Núm. 1.295.- Santiago, Noviembre 4 de 1992.- Vistos: Lo dispuesto en los artículos 32 N°s. 8 y 17, y 50 N° 1, inciso segundo, de la Constitución Política de la República; los Decretos con Fuerza de Ley del Ministerio de Relaciones Exteriores N° 161, de 1978, y N° 53, de 1979; los Decretos Supremos del Ministerio de Relaciones Exteriores N° 568, de 1981, y N° 537, de 1989; la Resolución del Comité de Representantes de la Asociación Latinoamericana de Integración N° 78, de 1987; y la Resolución de la Contraloría General de la República N° 55, de 1992.

Considerando:

Que los certificados de origen tienen por objeto acreditar la procedencia nacional de nuestros productos de exportación, a fin de que puedan acogerse a los regímenes de beneficios arancelarios de los países importadores.

Que estas certificaciones son requeridas, entre otros, por los países que integran la Asociación Latinoamericana de Integración, ALADI, por aquellos que otorgan beneficios arancelarios a través del Sistema Generalizado de Preferencias -SGP- y por los países que conforman el Sistema Global de Preferencias Comerciales -SGPC-.

Que la Ley Orgánica Constitucional del Banco Central de Chile N° 18.840, de 1989, estableció que dicha institución debe velar por la estabilidad de la moneda y el normal funcionamiento de los pagos internos, externos, y no se le asignan en forma expresa atribuciones en materia de comercio exterior, entre las cuales se encuentra...

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