Decreto con Fuerza de Ley núm. 129, publicado el 30 de Junio de 1953. MODIFICA EL DECRETO CON FUERZA DE LEY QUE INDICA, EN RELACION CON DETERMINADAS ATRIBUCIONES DE LA DIRECCION DE AERONAUTICA - MINISTERIO DE HACIENDA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 497447154

Decreto con Fuerza de Ley núm. 129, publicado el 30 de Junio de 1953. MODIFICA EL DECRETO CON FUERZA DE LEY QUE INDICA, EN RELACION CON DETERMINADAS ATRIBUCIONES DE LA DIRECCION DE AERONAUTICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE HACIENDA
Rango de LeyDecreto con Fuerza de Ley

MODIFICA EL DECRETO CON FUERZA DE LEY QUE INDICA, EN RELACION CON DETERMINADAS ATRIBUCIONES DE LA DIRECCION DE AERONAUTICA

Núm. 129.- Santiago, 17 de Junio de 1953.-

Vista la facultad que me confiere la ley N.o 11,151, de 5 de Febrero del presente año y lo dispuesto en los decretos con fuerza de ley N.os 36 y 88, de 26 de Marzo último y 12 de Mayo último, respectivamente, y Considerando:

Que es conveniente que exista la debida concordancia entre los dos textos legales citados, dicto el siguiente Decreto con fuerza de ley:

  1. o Modifícase el texto del artículo 1.o del decreto con fuerza de ley N.o 36, de 26 de Marzo de 1953, en la siguiente forma:

    "A la Dirección de Aeronáutica, sin perjuicio de las facultades que le otorgan las leyes y reglamentos vigentes, le corresponderá especialmente dirigir y fomentar en el país las actividades aéreas civiles: supervigilar el cumplimiento de las leyes y reglamentos relativos a dichas actividades; supervigilar y controlar todos los organismos, clubes aéreos, fábricas, maestranzas y escuelas de aviación civil y demás entidades que directa o indirectamente se relacionen con la aeronavegación civil y de turismo; supervigilar y controlar técnicamente todas las empresas y servicios de aeronavegación comercial".

  2. o Agrégase el siguiente inciso a continuación del N.o 2 del artículo 5.o del decreto con fuerza de ley N.o 88, de 12 de Mayo de 1953:

    "Los problemas relacionados con aeródromos y servicios de protección a la navegación aérea, como también el control sobre la aeronavegación civil, y de turismo serán atendidos por los organismos indicados en el decreto...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR