Decreto núm. 1872 EXENTO, publicado el 28 de Julio de 2006. APROBACION MODIFICACION AL PLAN REGULADOR COMUNAL DE RANCAGUA, TRAMITACION NUMERO 15
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MUNICIPALIDAD DE RANCAGUA |
Rango de Ley | Decreto |
APROBACION MODIFICACION AL PLAN REGULADOR COMUNAL DE RANCAGUA, TRAMITACION NUMERO 15
CERTIFICADO Nº 31
Carlos Morales Lara, Secretario Municipal de la Ilustre Municipalidad de Rancagua, quien suscribe certifica:
Que, en Sesión Ordinaria de Concejo Ordinaria Nº 68, de fecha 20 de Junio de 2006, el Honorable Concejo Municipal con la votación favorable de los Concejales asistentes y la abstención del Concejal Sr. Nicolás Díaz Sánchez, aprobó la Modificación al Plan Regulador Comunal de Rancagua, Tramitación Nº 15.
Dado en Rancagua a veintitrés de Junio de dos mil seis.
Número 1.872 exento. - Rancagua, 14 de Julio del 2006 .-
Considerando:
-
- Que, es necesario efectuar una modificación al Plan Regulador Comunal de Rancagua, mediante una modificación al Plano y a la Ordenanza Local de dicho instrumento de planificación.
-
- Que, el Asesor Urbanista adscrito a la Secplac, en cumplimiento de sus funciones, que establece la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, tramitó la Modificación al Plan Regulador Comunal de Rancagua bajo las instancias que la Ley y Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones respectivamente, determinan para estos efectos.
-
- Que, mediante Decreto Exento Nº 346, de fecha 08 de Febrero del 2006, se instruyó el inicio del trámite de la Modificación al Plan Regulador Comunal de Rancagua, Tramitación Nº 15.
-
- Que, mediante Decreto Exento N° 972, de fecha 17 de Abril del 2006, se rectificó el Decreto Exento N° 346, de fecha 08 de Febrero del 2006, en cuanto a eliminar el Tema "Regulación Expendio de Alcoholes", del proceso de Modificación al Plan Regulador en su Tramitación Nº 15.
-
- Que, en Sesión Ordinaria de Concejo Nº 68, de fecha 20 de Junio del 2006, el Honorable Concejo Municipal aprobó el Proyecto de Modificación al Plan Regulador Comunal de Rancagua, Tramitación Nº 15.
-
- Que, en dicha aprobación está contenida el "Informe al Concejo / Aprobación del Proyecto de Modificación al Plan Regulador Comunal de Rancagua", en su Tramitación Nº 15, presentado y expuesto por el Asesor Urbanista, en representación del Sr. Alcalde, el cual forma parte del acuerdo del Concejo, el que integra la respectiva Acta de la Sesión Ordinaria de Concejo Nº 68, de fecha 20 de Junio del 2006.
-
- Que, mediante Ord. Nº 517, de fecha 12 de Julio del 2006, la Secretaría Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la VI Región, en conformidad a lo dispuesto en el Artículo Nº 2.1.11., de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, remite el Informe Técnico Favorable al Proyecto de Modificación al Plan Regulador Comunal de Rancagua, Tramitación Nº 15.
Vistos: Las facultades que me confieren la Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, y la Resolución Nº 117, de 2001, de la Contraloría General de la República.
Decreto:
-
- Apruébase la "MODIFICACIÓN AL PLAN REGULADOR COMUNAL DE RANCAGUA, TRAMITACIÓN Nº 15", en conformidad a lo dispuesto en el "Plano Oficial" y el "Texto Modificatorio", según consta en Informe al Concejo, elaborado por el Asesor Urbanista, de la Ilustre Municipalidad de Rancagua, documentos que por este Decreto se aprueban.
-
- Remítase la totalidad de los antecedentes a la Dirección de Asesoría Jurídica, para la redacción y preparación del texto completo para ser publicado según de instruye en el Punto III, siguiente.
-
- Instrúyase, a la Dirección de Relaciones Públicas y Comunicaciones, la publicación del texto íntegro que promulga la aprobación de la Modificación al Plan Regulador Comunal de Rancagua, Tramitación Nº 15, incluyendo el Texto Modificatorio de la Ordenanza Local del Plan Regulador, en el Diario Oficial.
-
- Instrúyase, a la Dirección de Asesoría Jurídica, proceder a la inscripción del Plano Oficial y el Texto Modificatorio que contiene la Modificación al Plan Regulador Comunal de Rancagua, Tramitación Nº 15, en el Conservador de Bienes Raíces de Rancagua.
-
- Remítase el Plano Oficial y el Texto Modificatorio que componen la Modificación al Plan Regulador Comunal de Rancagua, Tramitación Nº 15, a la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo VI Región, a la División de Desarrollo Urbano del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, a la Dirección de Obras Municipales y a la SECPLAC.
Anótese, notifíquese, comuníquese y archívese.- Por orden del señor Alcalde, Osvaldo Pontigo Donoso, Administrador Municipal.- Carlos Morales Lara, Secretario Municipal.
MODIFICACION AL PLAN REGULADOR COMUNAL DE RANCAGUA
Tramitación N° 15
La presente Modificación al Plan Regulador Comunal de Rancagua tiene como objetivo efectuar modificaciones a la Ordenanza Local y al Plano, específicamente en lo que dice relación con los siguientes Temas: Extensión Límite Urbano / Modificaciones y Correcciones a la Ordenanza del Plan Regulador Comunal / Redefinición Barrio Industrial / Replanteo Zona C2 Centro Histórico / Barrio Estación / Replanteo Perfil Vialidad Estructurante / Definición Ubicación Terminales Transporte y Depósito o Almacenamiento de Buses y/o Camiones/ Zona R5 Villa El Portal / Zona IA Hogar Santa Rosa / Red de Parques Urbanos y Ciclovías / Replanteo Zona Z-20.
A continuación se detalla cada una de las modificaciones, de acuerdo a cada uno de los Temas tratados, según su especificidad y contenido, lo que en suma conforma la presente Modificación al Plan Regulador Comunal de Rancagua, en su Tramitación Nº 15:
TEMA N° 1 / Extensión Límite Urbano:
MODIFICACION AL PLANO OFICIAL DEL PLAN REGULADOR COMUNAL
1.1 Modifíquese y redefínase el límite urbano del Plano Regulador Comunal de Rancagua, según se expresa en el Plano Oficial.
MODIFICACION A LA ORDENANZA LOCAL DEL PLAN REGULADOR COMUNAL
1.2 Modifíquese el Artículo Nº 2 de la Ordenanza Local del Plan Regulador Comunal de Rancagua, de acuerdo al siguiente nuevo texto:
(15).
El área territorial de la Comuna de Rancagua, en que se aplicará el Plan Regulador, corresponde al territorio delimitado por la poligonal cerrada que une los siguientes puntos: 1-2-3-4-5-6-7-8-9-10- 11-12-13-1 graficados en el Plano Oficial, y que constituye el Límite Urbano de Rancagua, cuya descripción se indica en el Artículo Nº 6 de la presente Ordenanza.
1.3 Modifíquese el Artículo Nº 6 de la Ordenanza Local del Plan Regulador Comunal y redefínase el Límite Urbano, de acuerdo a la siguiente nueva descripción:
(15).
El área de aplicación de la presente Ordenanza corresponde al territorio de la Comuna de Rancagua, cuyo límite urbano se expresa gráficamente en el Plano E 1-1.1.1 y está definido por los puntos y tramos que se describen a continuación:
Punto Descripción Tramo Descripción
del Punto Tramo
1 Intersección del eje
de la línea férrea del
FF.CC. Longitudinal Sur
con la línea imaginaria
trazada paralela, 80 m.
al norte del eje de las
Torres de Alta Tensión.
2 Intersección de la
prolongación de la línea
imaginaria ubicada 80 m.
al Norte del eje de la
avenida Parque
Intercomunal O'Higgins
(y a 375 mts. al norte
del eje del emisario de
Machalí) y el eje
hidráulico del canal
viejo La Compañía
(limite comunal Oriente). 1-2 Línea imaginaria
trazada paralela
80 m. al Norte del
eje de la avenida
Parque
Intercomunal
O'Higgins y que
une los puntos 1 y
2
3 Intersección del eje
hidráulico del canal
viejo de La Compañía
(límite Comunal) con
deslinde Norte de canal
de relaves de Codelco
Chile 2-3 Eje hidráulico del
canal viejo de La
Compañía que une
los puntos 2 y 3.
4 Intersección del
deslinde norte del
canal de relaves de
Codelco con la
prolongación al Sur
de la línea imaginaria
del deslinde Oriente del
predio del aeródromo. 3-4 Deslinde norte del
canal de relaves
Codelco entre los
puntos 3 y 4
5 Punto ubicado a 380m. al
norte del deslinde norte
del canal de relaves
Codelco y a 340m. al
sur-oriente del eje del
camino a Doñihue (H-30). 4-5 Línea recta que
une los puntos
4 y 5.
6 Punto ubicado a 500m. al
norte del deslinde
norte del canal de
Relaves Codelco y a 170m.
al sur-oriente del eje
del camino a Doñihue
(H-30). 5-6 Línea recta que
une los puntos 5
y 6.
7 Punto ubicado a 170 m.
al sur-oriente del eje
del camino a Doñihue
(H-30) sobre la
prolongación del
deslinde sur del Loteo
Puertas de Fierro. 6-7 Línea recta que
une los puntos
6 y 7
8 Punto ubicado sobre la
prolongación al poniente
de línea paralela a 60m.
al sur del eje de calle
Puertas de Fierro y a
570m. al poniente de la
línea oficial poniente
del camino a Doñihue
(H-30). 7-8 Línea recta que
une los puntos
7 y 8.
9 Punto situado sobre el
eje del camino San Ramón
980m. al poniente de la
intersección de dicho
eje del camino a Doñihue
(H-30). 8-9 Línea recta que
une los puntos
8 y 9.
10 Punto ubicado sobre línea
paralela a 180m. al
norte del eje del camino
San Ramón y a 970m. al
poniente del deslinde
poniente del camino
a Doñihue (H-30). 9-10 Línea recta que
une los puntos
9 y 10.
11 Intersección de la línea
paralela a 180m. al norte
del eje del camino San
Ramón con la línea oficial
poniente del camino a
Doñihue (H-30) y su
prolongación en el camino
Longitudinal Antiguo
(H-10). 10-11 Línea recta que
une los puntos 10
y 11.
12 Intersección de la línea
oficial poniente del
camino Longitudinal
Antiguo (H-10) con una
línea paralela 200m. al
norte del eje de Avda.
República de Chile. 11-12 Línea oficial
poniente del
camino Longitudinal
Antiguo (H-10)
entre los puntos
11 y 12.
13 Intersección de línea
paralela a 200m. al
norte del eje de Avda.
República de Chile con
el eje de la línea
férrea del FF.CC.
Longitudinal Sur. 12-13 Línea recta que
une los puntos 12
y 13.
13-1 Eje de la línea
férrea del FF.CC.
Longitudinal Sur
entre los puntos
13 y 1.
MODIFICACION AL PLANO OFICIAL Y ORDENANZA LOCAL DEL PLAN
REGULADOR COMUNAL
1.4 Elimínense las denominaciones de las Zonas ZE1, ZE2, ZE3 y ZE4...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba