Decreto 468 - MODIFICACIÓN AL PLAN REGULADOR COMUNAL DE VALPARAÍSO SECTOR TRANQUE LA LUZ - MUNICIPALIDAD DE VALPARAISO - MUNICIPALIDADES - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 242902010

Decreto 468 - MODIFICACIÓN AL PLAN REGULADOR COMUNAL DE VALPARAÍSO SECTOR TRANQUE LA LUZ

EmisorMUNICIPALIDAD DE VALPARAISO
Rango de LeyDecreto

MODIFICACIÓN AL PLAN REGULADOR COMUNAL DE VALPARAÍSO SECTOR TRANQUE LA LUZ

Decreto Alcaldicio Nº 468 de fecha 30 de Mayo 2002 que aprueba en forma definitiva la "Modificación al Plan Regulador de Valparaíso Sector Tranque La Luz de Placilla de Peñuelas", conformado por la Ordenanza Local, Memoria Explicativa, Factibilidad de Servicios y Planos M.P.R. La Luz - 01 Zonificación; M.P.R. La Luz - 02 Zona de tratamiento micoclimático y M.P.R. La Luz - 03 Red primaria de aguas lluvias, dando cumplimiento al Art. 43º de la Ley General de Urbanismo y Construcciones.

ORDENANZA LOCAL

CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 86
ARTÍCULO 1

La "Modificación al Plan Regulador Comunal de Valparaíso - Sector Tranque La Luz" (MPR -La Luz) está compuesto por los siguientes instrumentos: Memoria Explicativa; Ordenanza Local; Estudio de Factibilidad de Dotación de Agua potable y Alcantarillado; y los Planos MPR La Luz-01 "Zonificación de Usos de Suelo y Red Vial Estructurante", MPR La Luz-02 "Zonificación para Tratamiento de Áreas Verdes y Senderos Peatonales" y MPR La Luz-03 "Red de Aguas Lluvias - Situación de Largo Plazo".

Todos los instrumentos señalados conforman un sólo cuerpo legal, y por lo tanto deberán considerarse en la aplicación de la presente normativa.

En esta Ordenanza se establecen las normas referentes a límite urbano, zonificación, uso del suelo, subdivisión predial, edificación, urbanización, vialidad, densidad, aguas lluvias, áreas verdes, y procedimientos para obras de urbanización, que deberán observarse dentro del área territorial del presente instrumento.

ARTÍCULO 2

El área territorial de la presente Modificación queda determinada por el límite constituido por la línea poligonal cerrada, cuya descripción de puntos y tramos se incluye en el Artículo 6 de esta Ordenanza.

ARTÍCULO 3

Todas aquellas materias atingentes al desarrollo urbano que no se encuentren reguladas por esta Ordenanza, se regirán por las disposiciones de la Ley General de Urbanismo y Construcciones (L.G.U.C.), la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (O.G.U.C.), y demás disposiciones legales y reglamentarias vigentes sobre la materia.

ARTÍCULO 4

De acuerdo a lo dispuesto en la Ley General de Urbanismo y Construcciones, le corresponde a la Dirección de Obras Municipales (D.O.M.) de la Comuna de Valparaíso la responsabilidad en la aplicación y observancia de las normas de la presente Ordenanza; y a la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo (SEREMI - MINVU) de la Vª Región, la supervigilancia de su cumplimiento y la interpretación técnica de ellas.

ARTÍCULO 5

Cualquier transgresión a las normas de esta Ordenanza Local será sancionada de acuerdo a lo previsto en los Artículos 20º al 25º de la Ley General de Urbanismo y Construcciones.

CAPÍTULO II Artículo 6

DESCRIPCIÓN DEL LIMITE URBANO

ARTÍCULO 6

El área territorial de esta Ordenanza queda definida por los puntos y tramos que conforman la poligonal del Límite Urbano de la presente Modificación. Estos puntos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, y 21 se encuentran graficados en el Plano MPR La Luz-01.

La descripción de los puntos y tramos que conforman la poligonal del límite urbano es la siguiente:

PUNTO DESCRIPCIÓN TRAMO DESCRIPCIÓN

DEL PUNTO DEL TRAMO

1 Punto de intersección

del deslinde sur de la

propiedad de Copec con

el deslinde poniente de

la faja fiscal de la

Ruta 68, ubicado en las

Coordenadas Locales E:

261.014,624 y N:

6.331.576,430.

2 Punto correspondiente a 1-2 Tramo correspondiente

la intersección del al deslinde poniente

deslinde poniente de la de la Ruta 68, que

faja fiscal de la Ruta une los puntos 1 y 2

68 y el límite sur- descritos.

oriente del Predio Rol

9.500-19, ubicado en

las Coordenadas Locales

E: 262.354,772 y N:

6.328.317,508

3 Punto que corresponde a 2-3 Línea irregular que

la intersección del corresponde al

limite sur-poniente del deslinde sur del

Fundo Las Casas de Honda, Predio Rol 9.500-19

Peñuelas, con el eje de y del Fundo Las Casas

la quebrada Honda, de Peñuelas, que une

ubicado en las los puntos 2 y 3

Coordenadas Locales E: descritos.

259.270,283 y N:

6.327.033,168

4 Intersección del eje de 3-4 Línea sinuosa

la quebrada Honda, y el correspondiente al

eje de la quebrada La eje de la quebrada

Lechuza, ubicado en las que une los

Coordenadas Locales E: puntos 3 y 4

257.379,216 y N: descritos.

6.330.482,774

5 Intersección del eje de 4-5 Línea sinuosa

la quebrada La Lechuza correspondiente al

con el eje de la fondo de la quebrada

Quebrada Salto del La Lechuza, que une

Agua, ubicado en las los puntos 4 y 5

Coordenadas Locales E: descritos.

255.917,154 y

N:6.332.456,151

6 Salto del Agua, donde 5-6 Línea sinuosa

convergen el eje del correspondiente al

estero Placilla y el eje del estero El

eje del estero El Sauce, que une los

Sauce, ubicado en las puntos 5 y 6

Coordenadas Locales E: descritos.

257.192,317 y N:

6.333.540,434

7 Intersección del eje del 6-7 Línea sinuosa del

estero Placilla con el eje del estero

deslinde poniente de la Placilla que une

Avda. Cardenal Samoré, los puntos 6 y 7

punto que enfrenta la descritos.

Calle El Sauce, ubicado

en las Coordenadas

Locales E: 259.515,278

y N: 6.333.252,947

8 Punto correspondiente 7-8 Línea sinuosa

al deslinde norte del correspondiente al

Predio Rol 9.500-8, eje del Estero

ubicado en la Placilla, que

Coordenadas Locales E: une los puntos

259.535,605 y N: 7 y 8 descritos.

6.333.029,187

9 Punto correspondiente 8-9 Línea quebrada

al deslinde sur-oriente y sinuosa

del Predio Rol 9.500-8, correspondiente

ubicado en las al deslinde oriente

Coordenadas Locales E: del predio Rol 9500-8

259.650,162 y N: que une los puntos

6.332.395,864 8 y 9 descritos.

10 Punto correspondiente a 9-10 Línea

la intersección del correspondiente al

deslinde nor-oriente de deslinde nor-oriente

la propiedad Rol 9.500- de la propiedad Rol

21 y el deslinde 9.500-21, que une los puntos

oriente de la Avda. 9 y 10 descritos.

Cardenal Samoré ubicado

en las Coordenadas

Locales E: 259.905,235

y N: 6.332.512,471

11 Punto correspondiente a 10-11 Línea

la intersección del correspondiente al

deslinde norte de la deslinde poniente de

propiedad Rol 9.500-1, la Avda. Cardenal

con el deslinde Samoré, que une los

poniente de la faja de puntos 10 y 11

la Av. Cardenal Antonio descritos.

Samoré, ubicado en las

Coordenadas Locales E:

259.817.268 y N:

6.332.650,262

12 Punto correspondiente 11-12 Línea

a la intersección del correspondiente al

deslinde norte del deslinde norte del

predio Rol 9.500-1 con Predio Rol 9.500-1

el deslinde norte de la y su prolongación

faja de la Avda. Obispo hacia el oriente,

Francisco Valdés que une los puntos

Subercaseaux, ubicado 11-12 descritos.

en las Coordenadas

Locales E: 260.169,099

y N: 6.332.720,719

13 Punto correspondiente 12-13 Línea recta

a la intersección del correspondiente al

deslinde Norte del deslinde sur de la

Predio Rol 9.500-2 con faja de la Avda.

el deslinde sur de la Obispo Francisco

faja de la Avenida Valdés Subercaseaux

Obispo Francisco Valdés que une los puntos

Subercaseaux, ubicado 12 y 13 descritos.

en las Coordenadas

Locales E: 260.149,280

y N: 6.332.680,883

14 Punto correspondiente 13-14 Línea recta

a la intersección del correspondiente al

deslinde nor-oriente de deslinde nor-

la propiedad Rol 9.500- oriente de la

2, con el deslinde nor- propiedad Rol

poniente del lote 9.500-2 que une los

original "C" de Villa puntos 13 y 14

Fundadores, ubicado en descritos.

las Coordenadas Locales

E: 260.223,186 y N:

6.332.606,186.

15 Punto correspondiente a 14-15 Línea

la intersección de los correspondiente al

deslindes nor-poniente deslinde nor-

y sur-poniente del lote poniente de Villa

"B-1" actualmente Fundadores y su

ocupado por el Colegio prolongación hacia

Alborada, ubicado en el sur-poniente

las Coordenadas Locales coincidente con el

E: 260.070,280 y N: deslinde nor-

6.332.463,600 poniente del lote

"B-1" (hoy ocupado

por el Colegio

Alborada) que une

los puntos 14 y 15

descritos.

16 Punto correspondiente 15-16 Línea sinuosa, que

a la intersección del coincide con: el

deslinde poniente de la deslinde

calle Felipe II con el sur-poniente del

eje de calle Colón, lote "B-1" (hoy

ubicado en las ocupado por el

Coordenadas Locales E: Colegio Alborada),

260.166,170 y N: el deslinde

6.332.081,909. nor-poniente de la

calle Isabel La

Católica, y el

deslinde poniente

de la calle Felipe

II, que une los

puntos 15 y 16

descritos.

17 Punto correspondiente a 16-17 Línea recta

la intersección de los correspondiente al

deslindes sur-oriente y deslinde

sur-poniente del predio nor-oriente de

Rol 9500-29 ó lote "E- los Predios Rol

2", ubicado en las 9.500-27 y 9.500-30

Coordenadas Locales E: que une los puntos

260.525,815 y N: 16 y 17.

6.331.719,220

18 Punto correspondiente a 17-18 Línea recta

la intersección de los correspondiente al

deslindes nor-oriente y deslinde

oriente del Predio Rol sur-oriente de los

9.500-32 ó lote "G", Predios 9.500-29,

ubicado en las 9.500-28 y 9.500-32,

Coordenadas Locales E: que une los puntos

260.835,213 y N: 17 y 18.

6.332.024,972

19 Punto de intersección 18-19 Línea recta que

del deslinde poniente corre por el

de la calle Undécima, deslinde poniente de

con deslinde sur de la la calle Undécima, y

Tercera Avenida y su que une los puntos

prolongación hacia el 18 y 19, hasta su

poniente , ubicado en intersección con

las Coordenadas Locales 3° Avenida.

E: 260.823,938 y N:

6.331.870,949

20 Punto de intersección 19-20 Línea recta que

del deslinde sur de la corre por el

Tercera Avenida con el deslinde sur de la

deslinde poniente del 3ª Avenida, y que

predio o lote "H", hoy une los puntos

ocupado por las 19 y 20.

...

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