Decreto núm. 148, publicado el 31 de Octubre de 1998. APRUEBA REGLAMENTO ESPECIAL DE CALIFICACIONES PARA EL SECTOR VIVIENDA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO |
Rango de Ley | Decreto |
APRUEBA REGLAMENTO ESPECIAL DE CALIFICACIONES PARA EL SECTOR VIVIENDA
Santiago, 10 de septiembre de 1998.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 148.- Vistos: Lo dispuesto en los artículos 47 y 49 de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el párrafo 3º del Título II de la ley Nº 18.834, sustituido por la ley Nº 19.165, y las facultades que me confiere el Nº 8 del artículo 32 de la Constitución Política de Chile,
D e c r e t o:
Apruébase el siguiente Reglamento de Calificaciones del personal del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, sus Secretarías Regionales Ministeriales, los Servicios Regionales y Metropolitano de Vivienda y Urbanización y el Parque Metropolitano de Santiago.
El personal del Nivel Central del Ministerio de Vivienda y Urbanismo y el de las Secretarías Regionales Ministeriales de Vivienda y Urbanismo que tengan menos de quince funcionarios será calificado por una Junta Calificadora Central, integrada por los cinco funcionarios de más alto nivel jerárquico, del citado Ministerio, con excepción de su Subsecretario, y por un representante del personal elegido por éste según el estamento a calificar. También le corresponderá a la Junta Calificadora Central calificar a los integrantes de las Juntas Calificadoras Regionales de las Secretarías Regionales Ministeriales de Vivienda y Urbanismo.
El personal de cada Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo en que el número de sus funcionarios sea igual o superior a quince y el de la Secretaría Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo cualquiera sea el número de sus funcionarios, será calificado por una Junta Calificadora Regional, integrada por los tres funcionarios de más alto nivel jerárquico de la respectiva Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo y por un representante del personal elegido por éste según el estamento a calificar.
El personal de cada Servicio de Vivienda y Urbanización será calificado por una Junta Calificadora, integrada por los cinco funcionarios de más alto nivel jerárquico del respectivo Serviu, con excepción de su Director, y por un representante del personal elegido por éste según el estamento a calificar.
La calificación del personal del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, sus Secretarías Regionales Ministeriales y los Servicios Regionales y Metropolitano de Vivienda y Urbanización evaluará los factores que se señalan en el artículo 3º, por medio de notas que tendrán los siguientes valores y conceptos:
Notas 9 y 10 : De excelencia
Notas 7 y 8 : Muy Satisfactorio
Notas 5 y 6 : Satisfactorio
Notas 3 y 4 : Insatisfactorio
Notas 1 y 2 : Deficiente
La nota de cada factor deberá expresarse en entero sin decimales, asignándose la superior o la inferior dentro de cada ítem según el grado de mayor o menor acuerdo con el concepto, respectivamente. La suma de las notas asignadas a los factores dará el puntaje final y la lista de calificación que corresponda al funcionario.
La asignación de cada nota deberá estar fundada en las circunstancias acaecidas durante el período de calificación.
No obstante lo establecido en el inciso primero y segundo de este artículo, el rango de notas para los factores que se indican tendrá el siguiente mínimo y máximo:
Factor Nota mínima/
máxima
Directivos Perfeccionamiento, autonomía, 1 8
supervisión, evaluación,
trabajo en equipo, buen uso
de materiales, delegación,
actuación social.
Coordinación, respeto de normas 3 8
Profesionales/ Coordinación, atención al usuario,
cortesía, técnicos 1 8
cooperación, relaciones
interpersonales, buen uso de
materiales, actuación social,
permanencia en el lugar de
trabajo, respeto de normas.
Autonomía. 3 10
Capacidad de respuesta 3 8
Administrativos Autonomía, cortesía, cooperación,
Trabajo en equipo, 1 8
relaciones interpersonales,
flexibilidad, respeto de normas,
planificación.
Creatividad, capacidad de respuesta 3 8
Auxiliares Perfeccionamiento, autonomía,
Relaciones interpersonales,
creatividad, planificación 1 8
Los funcionarios serán ubicados en las listas de calificaciones de acuerdo con el siguiente puntaje:
Lista Nº 1, de Distinción, de 158 a 180 puntos
Lista Nº 2, Buena, de 98 a 157 puntos
Lista Nº 3, Condicional, de 60 a 97 puntos
Lista Nº 4, de Eliminación, de 19 a 59 puntos
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