Resolución núm. 779 EXENTA, publicada el 04 de Noviembre de 2011. ESTABLECE ÁREA REGLAMENTADA POR POLILLA DEL RACIMO DE LA VID (LOBESIA BOTRANA), EN LA COMUNA DE LOS VILOS, LOCALIDAD DE QUILIMARÍ, REGIÓN DE COQUIMBO - MINISTERIO DE AGRICULTURA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 469549070

Resolución núm. 779 EXENTA, publicada el 04 de Noviembre de 2011. ESTABLECE ÁREA REGLAMENTADA POR POLILLA DEL RACIMO DE LA VID (LOBESIA BOTRANA), EN LA COMUNA DE LOS VILOS, LOCALIDAD DE QUILIMARÍ, REGIÓN DE COQUIMBO

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE AGRICULTURA
Rango de LeyResolución

ESTABLECE ÁREA REGLAMENTADA POR POLILLA DEL RACIMO DE LA VID (LOBESIA BOTRANA), EN LA COMUNA DE LOS VILOS, LOCALIDAD DE QUILIMARÍ, REGIÓN DE COQUIMBO

Núm. 779 exenta.- La Serena, 12 de octubre de 2011.- Vistos: Lo dispuesto en la Ley Nº 18.755, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero; el decreto ley Nº 3.557, de 1980, sobre Protección Agrícola; la resolución Nº 3.080, de 2003, del Director Nacional del SAG, que establece criterios de regionalización en relación a las plagas cuarentenarias para el territorio de Chile, y sus modificaciones; y la resolución Nº 2.109, de la Dirección Nacional del SAG, de 24 de abril de 2008, modificada por las resoluciones Nº 476, de 29 de enero de 2009, y Nº 6.184, de 13 de octubre de 2010, del mismo origen, que Declara el Control Obligatorio de la plaga Polilla del Racimo (Lobesia botrana).

Considerando:

  1. Que es necesario disponer de las medidas de control fitosanitario necesarias para contener el avance de la plaga Lobesia botrana y erradicarla del país.

  2. Que para este propósito, el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) está facultado para establecer las medidas de control que estime necesarias, en resguardo del patrimonio fitosanitario nacional.

  3. Que por resolución exenta Nº 6.184, de 13 de octubre de 2010, se modificó la resolución exenta Nº 2.109, en el sentido que se fija como área reglamentada para la plaga, la zona definida por un radio de 3 Km. determinado desde cada lugar de detección.

  4. Que a la fecha se tiene dos detecciones positivas en el área que permite definir la zona afectada por la plaga.

    Resuelvo:

  5. Establécese como área reglamentada para Lobesia botrana en la Región de Coquimbo, el polígono de 40 vértices, determinado por las siguientes coordenadas UTM, señaladas a continuación:

  6. El polígono que determina el área reglamentada incorpora parcialmente la comuna de Los Vilos (Quilimarí).

  7. Aplíquense las medidas fitosanitarias, establecidas en la resolución Nº 2.109, de 2008, de la Dirección Nacional del Servicio Agrícola y Ganadero, según corresponda, en forma inmediata en el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR