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Resolucion núm. 68 EXENTA, el 23 de Enero de 2006. CREA Y REGLAMENTA EL SERVICIO POSTAL ENCOMIENDA ESTANDAR;Y FIJA TARIFAS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyResolución

CREA Y REGLAMENTA EL SERVICIO POSTAL ENCOMIENDA ESTANDAR Y FIJA TARIFAS

Núm. 68 exenta.- Santiago, 30 de noviembre de 2006.- Vistos: El DFL N°10, de 1981 el artículo N°5 del Decreto N°642, de 2004, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Telecomunicaciones; la necesidad de contar con un producto postal de encomienda ajustado a las exigencias del mercado; el Acuerdo N°175/2005, del Directorio de la Empresa de Correos de Chile, adoptado en la Sesión Décimo Octava Ordinaria, del 28 de octubre de 2005; la resolución N°520/1996 de la Contraloría General de la República; y en uso de las facultades que me confieren la Resolución N°1 del 2002, y la Resolución Exenta N°20 del 2001, de la Empresa de Correos de Chile, dicto lo siguiente:

Resolución:

  1. Créase y reglaméntase el servicio postal de encomienda estándar para el ámbito nacional.

Artículo 1°

El servicio de encomienda estándar consiste en la admisión, clasificación, transporte y distribución de encomiendas, con estándares de distribución de 3 a 8 días hábiles para el servicio terrestre y 3 a 4 días hábiles para el servicio aéreo, que permite a personas naturales o jurídicas intercambiar este tipo de envíos.

Artículo 2°

Las características del servicio de ENCOMIENDA ESTANDAR son las siguientes:

  1. Categoría: Producto de primera categoría, individualizado, con plazos de distribución de entre 3 a 8 días hábiles para servicio terrestre y desde 3 a 4 días hábiles para servicio aéreo, dependiendo de los puntos de origen y destino.

  2. Embalaje: Deberán ser embalados y cerrados de manera adecuada al peso y naturaleza del contenido por el remitente.

  3. Peso: Tendrán un peso máximo de 30 kilos por unidad, con una tolerancia de 3 kilos para aquellos envíos que sean indivisibles.

  4. Dimensiones: Tendrán una dimensión máxima dada por la siguiente relación: La suma del largo, ancho y alto no podrá exceder de tres metros, con una tolerancia de treinta centímetros y su mayor dimensión no podrá exceder de dos metros, con una tolerancia de diez centímetros.

  5. Serán también características del servicio la entrega en domicilio del envío postal y el aviso telefónico al destinatario cuando el envío tenga por destino alguna sucursal de Correos de Chile.

Artículo 3°

Cobertura El producto Encomienda Estándar tiene cobertura a nivel nacional.

Artículo 4°

Admisión La admisión se realizará en:

En agencias y sucursales de la Empresa de Correos.

En unidades de...

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