Ordenanza núm. 120, publicada el 24 de Marzo de 2006. REGLAMENTA OTORGAMIENTO DE BECAS PARA ENSEÑANZA SUPERIOR - MUNICIPALIDAD DE LA FLORIDA - MUNICIPALIDADES - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 470474206

Ordenanza núm. 120, publicada el 24 de Marzo de 2006. REGLAMENTA OTORGAMIENTO DE BECAS PARA ENSEÑANZA SUPERIOR

Publicado enDiario Oficial
EmisorMUNICIPALIDAD DE LA FLORIDA
Rango de LeyOrdenanza

REGLAMENTA OTORGAMIENTO DE BECAS PARA ENSEÑANZA SUPERIOR

Núm. 120.- Florida, 14 de febrero de 2006.- Vistos estos antecedentes:

  1. La necesidad presentada por estudiantes de la comuna, que cursan estudios medios y superiores, que se encuentran en situación socioeconómica de escasos recursos que pone en riesgo su calidad de tal.

  2. El Acuerdo Municipal Nº 1.234 tomado en Sesión Ordinaria del Concejo Municipal, de 14 de febrero de 2006, que aprobó texto de la presente Ordenanza de Becas.

  3. Y las facultades contenidas en la ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades y sus modificaciones:

Dicto la siguiente

O r d e n a n z a:

Art. 1

Objeto: La presente ordenanza constituye un estatuto que tiene por objeto asegurar la debida participación de la comunidad en el Concurso de Becas de Estudio, consistente en una ayuda financiera total o parcial a los alumnos destacados de la comuna de Florida que cursan estudios superiores en Institutos, Universidades y Centros de Formación Técnica, reconocidos por el Estado, para solventar gastos de matrícula y/o arancel mensual de estudios y otros gastos asociados a sus estudios.

Art. 2

Definiciones: Para efectos de la presente ordenanza, las expresiones que a continuación se indican tendrán los siguientes significados:

  1. Municipalidad: Se entenderá por la Ilustre Municipalidad de Florida.

  2. Estudiantes: Personas naturales con residencia en la comuna, que sean egresados de cuarto año medio o se encuentren estudiando en la Enseñanza Superior.

  3. Beca: Beneficio económico dado en dinero, concedido a un estudiante que acredite los méritos académicos y cuya situación económico social ponga en riesgo su calidad de tal.

TITULO I Artículos 3 y 4

De la postulación

Art. 3

Podrán postular al otorgamiento de becas todos los estudiantes por sí, que acrediten residencia en la comuna de Florida a lo menos por tres años a la fecha de postulación, méritos académicos y cuya situación económico-social ponga en riesgo su calidad de tal. Se entenderá que su calidad de estudiante se encuentra en riesgo, si vista y analizada la situación socioeconómica personal o de su familia, resulta altamente oneroso irrogar los gastos básicos asociados a sus estudios, tales como: Proceso de inscripción, gastos de matrícula y aranceles mensuales de estudio.

Art. 4 El postulante deberá cumplir con las siguientes exigencias:
  1. Suscribir el formulario de postulación que se encontrará disponible en el Departamento de Desarrollo Comunitario de la Ilustre Municipalidad de Florida.

  2. Haber cursado mínimo tres años de Enseñanza Media en la comuna.

  3. Haber egresado de algún establecimiento educacional de enseñanza media de la comuna.

  4. Acreditar residencia en la comuna, en los tres años anteriores a la fecha de postulación.

  5. Los alumnos de primer año de una carrera de Enseñanza Superior deberán acreditar, como mínimo, un rendimiento en sus estudios equivalente a la nota 6,0 promedio general de notas de Enseñanza Media y para quienes se encuentren en cursos superiores se exigirá en el año anterior un promedio de notas igual o superior al 5,0 o su equivalente.

  6. Estar matriculado en una carrera de Universidad, Instituto Profesional, Centro de Formación Técnica Estatal, reconocidos por el Estado, cuya duración mínima sea de dos años.

  7. ...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR