Decreto 1560 EXENTO - APRUEBA ACUERDO DEL CONCEJO SOBRE RECTIFICACIONES AL PLAN REGULADOR COMUNAL DE HUECHURABA - MUNICIPALIDAD DE HUECHURABA - MUNICIPALIDADES - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 241673826

Decreto 1560 EXENTO - APRUEBA ACUERDO DEL CONCEJO SOBRE RECTIFICACIONES AL PLAN REGULADOR COMUNAL DE HUECHURABA

EmisorMUNICIPALIDAD DE HUECHURABA
Rango de LeyDecreto

APRUEBA ACUERDO DEL CONCEJO SOBRE RECTIFICACIONES AL PLAN REGULADOR COMUNAL DE HUECHURABA

Huechuraba, 20 de octubre de 2005.- La Alcaldía decretó hoy:

Núm. 1.560/2005 exento.-

Apruébase el acuerdo del Nº68 del Concejo de fecha 20 de octubre del 2005, que autoriza rectificaciones menores al texto de la Ordenanza Local del Plan Regulador Comunal de Huechuraba, publicado en el Diario Oficial de fecha 29 de septiembre de 2004, en la siguiente forma:

  1. Agrégase al final de la letra J) del numeral segundo y antes del punto aparte lo siguiente..."y versión a color y escala 1:10.000 versión a color..."

  2. Agrégase al final de la letra K) del numeral segundo, después de la coma y antes de la conjunción "y" que se elimina lo siguiente: ... "Versión Blanco y Negro"

  3. Suprímase del numeral segundo la letra L y su contenido.

  4. Reemplácese en el numeral cuarto del artículo 1º del Capítulo I: Disposiciones Generales denominado "Planos", la primera frase que dice "Plano de Zonificación y Uso de Suelo Nº PRCH-1HUE/2003, Escala 1:5000 y ...", por lo siguiente:

    "a.- Plano de zonificación y uso de suelo Nº PRCH-1HUE/2003, escala 1:7500 versión blanco y negro y versión a color y escala 1:10.000 versión a color, y"

  5. Agrégase en el numeral cuarto del artículo 1º del capítulo I: disposiciones generales denominado "Planos", en la segunda frase que dice "Plano de vialidad estructurante Nº PRCH-2HUE/2003, escala 1:7500" lo siguiente:

    "b.- Plano de Vialidad Estructurante Nº PRCH-2-HUE/2003, Escala 1:7500, Versión Blanco y Negro."

  6. Reemplácese en la letra a.2 Usos Restringidos, del artículo 42: Zona ZC3 residencial mixto (Santa Elena Sur-El Salto)

    Donde dice:

    "Industria Inofensiva: Sólo se permite en aquellos predios que tengan frente a la Avenida El Guanaco, al lado Oriente de la Avenida Santa Rosa y en el loteo industrial existente en calle Santa Elena Sur, entre Santa Elena Sur y El Guanaco..."

    Por lo siguiente:

    "Industria Inofensiva: Sólo se permite en aquellos predios que tengan frente a la Avenida El Guanaco, al lado Oriente de la Avenida Santa Rosa y en el loteo industrial existente en calle Santa Elena Sur, entre Avenida Santa Rosa y El Guanaco..."

  7. Agrégase en el artículo 72: Cuadro Nº3 Vialidad Estructurante Comunal.

    Donde Dice:

    *Según PRMS.

    Ancho

    Cod. Nombre Ancho Propuesto Observaciones

    de vía Existente Entre

    PRMS Tramo Líneas

    Oficiales

  8. - VIAS METROPOLITANA

    M9N...

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