Resolucion núm. 144, el 07 de Julio de 2006. RECTIFICA ACUERDO DE CONSEJO Nº 2.389 DE 2006, RELATIVO AL COMITE INNOVA CHILE Y MODIFICA RESOLUCION (A) Nº 169, DE 2004
Emisor | CORPORACIÓN DE FOMENTO DE LA PRODUCCIÓN |
Rango de Ley | Resolución |
RECTIFICA ACUERDO DE CONSEJO Nº 2.389 DE 2006, RELATIVO AL COMITE INNOVA CHILE Y MODIFICA RESOLUCION (A) Nº 169, DE 2004
Núm.144.- Santiago, 6 de abril de 2006.- Visto:
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El Acuerdo de Consejo Nº 2.330, de 2004, que cambió la denominación del Comité FONTEC por el de Innova Chile, fijó sus normas de funcionamiento y disolvió el Comité FDI, modificado por los acuerdos de Consejo Nº 2.358 y 2.377, ambas de 2005.
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Acuerdo del Consejo Nº 2.389, de 2006, que modificó el Acuerdo de Consejo Nº 2.330, cambiando la denominación de uno de los Sub-Comités, y modificando las facultades delegadas al Director Ejecutivo del Comité.
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La facultad que me confiere el Acuerdo de Consejo Nº7.178 de 1965, para rectificar errores de hecho en los acuerdos adoptados por el Consejo de la Corporación.
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Resolución (A) Nº 169, de 2004, que fija el reglamento del Comité Innova Chile, modificada por resoluciones (A) Nº113, de 2005, y (A) Nº 10 de 2006.
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Lo establecido en la ley Nº 6.640, en el Reglamento General de la Corporación, y lo señalado en la resolución Nº 55, de 1992, de la Contraloría General de la República, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por resolución Nº 520, de 1996, y sus modificaciones posteriores, todas emanadas del mismo organismo,
Resuelvo:
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Rectifícase el numeral II del Acuerdo de Consejo Nº2.389 de 2006 en el sentido de reemplazar la expresión "Subdirector de Interés Público e Interés Precompetitivo", por la expresión "Subdirector de Innovación de Interés Público e Innovación Precompetitiva".
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Ejecútase el Acuerdo de Consejo Nº 2.389 de 2006 y modifícase la resolución (A) Nº 169, de 2004, modificada por resoluciones (A) Nº 113, de 2005, y (A) Nº 10 de 2006, en los siguientes sentidos:
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En el numeral 6º, letra c) del punto II de la resolución, reemplázase la expresión "Transferencia Tecnológica", por "Difusión y Transferencia Tecnológica".
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En el numeral 7º del punto II de la resolución, reemplázase la actual letra f) por la siguiente:
"f.1) Celebrar contratos de mandatos; abrir y cerrar cuentas de depósitos; aceptar toda clase de cauciones, cancelar créditos y alzar toda clase de garantías y prohibiciones, ampliarlas, reducirlas y sustituirlas, por medio de instrumentos públicos o privados; cobrar y percibir lo que se adeude al Comité y otorgar recibos, cancelaciones y finiquitos; contratar boletas y pólizas de seguro; exigir rendición de cuentas, aprobarlas...
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