Decreto núm. 1153 EXENTO, publicado el 23 de Mayo de 2007. REAJUSTA MONTOS DE LOS DERECHOS EN LAS ACTUACIONES DEL SERVICIO DE REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACION DE ACUERDO A LA LEY Nº 18.290 Y REAJUSTA EL MONTO DE LOS DERECHOS Y VALORES DE LAS DEMAS ACTUACIONES Y DOCUMENTOS QUE SEÑALA - MINISTERIO DE JUSTICIA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 470320446

Decreto núm. 1153 EXENTO, publicado el 23 de Mayo de 2007. REAJUSTA MONTOS DE LOS DERECHOS EN LAS ACTUACIONES DEL SERVICIO DE REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACION DE ACUERDO A LA LEY Nº 18.290 Y REAJUSTA EL MONTO DE LOS DERECHOS Y VALORES DE LAS DEMAS ACTUACIONES Y DOCUMENTOS QUE SEÑALA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE JUSTICIA
Rango de LeyDecreto

REAJUSTA MONTOS DE LOS DERECHOS EN LAS ACTUACIONES DEL SERVICIO DE REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACION DE ACUERDO A LA LEY Nº 18.290 Y REAJUSTA EL MONTO DE LOS DERECHOS Y VALORES DE LAS DEMAS ACTUACIONES Y DOCUMENTOS QUE SEÑALA

Santiago, 23 de abril de 2007.- Hoy se decretó lo que sigue:

Núm. 1.153 exento.- Vistos: La facultad que me confieren los artículos 32 Nº 6 y 35, de la Constitución Política de la República, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto supremo Nº 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, y lo dispuesto en el artículo 44º y 219º de la ley Nº 18.290, de 1984; en el Nº 10 del artículo 1º del D.S. Nº 19, de 22 de enero de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, y los decretos exentos Nºs 856, de 1991; 560, de 1992; 319, de 1993; 431, de 1994; 254, de 1995; 271, de 1996; 168, de 1997; 684, de 1998; 394, de 1999; 407, de 2000; 308, de 2001; 265, de 2002; 408 y 676, de 2003; 1.124 y 2.239, de 2004; 1.544, de 2005, y 1.561, de 2006, todos del Ministerio de Justicia, y lo previsto en la resolución Nº 520, de 1996, y sus posteriores modificaciones, de la Contraloría General de la República,

Considerando:

  1. Que de conformidad a la información oficial del Instituto Nacional de Estadísticas, el Indice de Precios al Consumidor en el período comprendido entre el 1º de marzo de 2006 y el 28 de febrero de 2007, varió en un 2,72%.

  2. Que de acuerdo a lo establecido en los Vistos anteriores, el Supremo Gobierno está facultado para reajustar prudencialmente el monto de las actuaciones y documentos que el Servicio de Registro Civil e Identificación efectúe u otorgue, en relación con la ley Nº 18.290, dentro de la limitación porcentual antes indicada,

Decreto:

Artículo 1º

Reajústase el monto de los derechos y valores de las actuaciones y documentos que se señalan, que el Servicio de Registro Civil e Identificación efectúe u otorgue conforme a la ley Nº 18.290, fijándose sus nuevos valores en las cantidades que se indican a continuación, los cuales podrán elevarse a la decena superior.

Monto Monto

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  1. - Inscripción de dominio en Registro

    de Vehículos Motorizados, incluyendo el correspondiente certificado y la inscripción de dominio en el Registro Especial de Remolques y Semirremolques,

    incluyendo el respectivo

    certificado. $25.410 $26.110

  2. - Anotaciones de...

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