Decreto 13 - MODIFICA, POR RAZONES DE INTERÉS PÚBLICO, LAS CARACTERÍSTICAS DE LAS OBRAS Y SERVICIOS QUE INDICA DEL CONTRATO DE CONCESIÓN DE LA OBRA PÚBLICA FISCAL DENOMINADA 'CONCESIÓN RUTA 5, TRAMO SANTIAGO ? LOS VILOS' - MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 317027634

Decreto 13 - MODIFICA, POR RAZONES DE INTERÉS PÚBLICO, LAS CARACTERÍSTICAS DE LAS OBRAS Y SERVICIOS QUE INDICA DEL CONTRATO DE CONCESIÓN DE LA OBRA PÚBLICA FISCAL DENOMINADA 'CONCESIÓN RUTA 5, TRAMO SANTIAGO ? LOS VILOS'

EmisorMINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Rango de LeyDecreto
Fecha de entrada en vigor13 de Septiembre de 2011

MODIFICA, POR RAZONES DE INTERÉS PÚBLICO, LAS CARACTERÍSTICAS DE LAS OBRAS Y SERVICIOS QUE INDICA DEL CONTRATO DE CONCESIÓN DE LA OBRA PÚBLICA FISCAL DENOMINADA "CONCESIÓN RUTA 5, TRAMO SANTIAGO – LOS VILOS"

Núm. 13.- Santiago, 14 de enero de 2011.- Vistos:

- El DFL MOP Nº 850, de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 15.840, de 1964, Orgánica del Ministerio de Obras Públicas y del DFL Nº 206, de 1960, Ley de Caminos.

- El decreto supremo MOP Nº 900, de 1996, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado del DFL MOP Nº 164, de 1991, Ley de Concesiones de Obras Públicas, en particular su artículo 19º.

- El decreto supremo MOP Nº 956, de 1997, Reglamento de la Ley de Concesiones, en especial su artículo 69º.

- El decreto supremo MOP Nº 845, de fecha 14 de octubre de 1996, que adjudicó el contrato de concesión para la ejecución, conservación y explotación de las obras públicas fiscales comprendidas entre los kilómetros 10,86 y 229,10 de la Ruta 5 Norte, denominadas "Concesión Ruta 5 Tramo Santiago – Los Vilos".

- El Protocolo de Acuerdo suscrito entre el MOP y Sociedad Concesionaria Autopista del Aconcagua S.A., de fecha 24 de junio de 2009.

- El Acta de acuerdo, suscrita por CONASET, SECTRA, Dirección de Vialidad del MOP, Dirección de Planeamiento del MOP y MIDEPLAN.

- El Oficio Ord. N° 243, de fecha 18 de junio de 2010, del Inspector Fiscal.

- La Carta de fecha 30 de agosto de 2010, de la Sociedad Concesionaria.

- El Oficio Ord. N° 341, de fecha 2 de septiembre de 2010, del Inspector Fiscal.

- La Carta GG Nº 0307/2010, de fecha 6 de septiembre de 2010, de la Sociedad Concesionaria.

- El Memorándum Nº 051/092, de fecha 27 de septiembre de 2010, del Jefe de la División de Planificación, Estudios e Inversión de MIDEPLAN.

- El Oficio Ord. N° 373-1, de fecha 5 de octubre de 2010, del Inspector Fiscal.

- La Carta de fecha 11 de octubre de 2010, de la Sociedad Concesionaria.

- El Oficio Ord. N° 414, de fecha 10 de noviembre de 2010, del Inspector Fiscal.

- El Oficio Ord. Nº 213, de fecha de 11 de noviembre de 2010, del Jefe de la División de Explotación de Obras Concesionadas.

- El Oficio Ord. Nº 4.237, de fecha de 11 de noviembre de 2010, del Coordinador de Concesiones de Obras Públicas.

- La resolución DGOP (exenta) Nº 4.112, de fecha 22 de noviembre de 2010.

- La resolución Nº 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que fijó normas sobre exención del trámite de toma de razón.

Considerando:

- Que los artículos 19° de la Ley de Concesiones de Obras Públicas y 69° de su Reglamento, establecen que el Ministerio de Obras Públicas, desde que se perfeccione el contrato, podrá modificar, por razones de interés público, las características de las obras y servicios contratados.

- Que el artículo 69° Nº 4 del Reglamento agrega que el Director General de Obras Públicas, con el Visto Bueno del Ministro de Obras Públicas y del Ministro de Hacienda, por razones de urgencia, podrá exigir la modificación de las obras y servicios desde el momento que lo estime conveniente, aunque esté pendiente la determinación sobre la indemnización.

- Que el MOP viene impulsando un Plan de Mejoramiento de Obras Concesionadas con el objeto de mejorar el estándar de las concesiones viales interurbanas existentes. Cabe señalar que forma parte de este Plan el Programa de Conversión de Accesos a Santiago en Autopistas Urbanas.

- Que el MOP ha identificado como prioritario del Programa señalado precedentemente, impulsar la conversión del Acceso a Santiago en Autopista Urbana de la Concesión Ruta 5, Tramo Santiago – Los Vilos; que corresponde al sector urbano de esa concesión, delimitado entre el Nudo Quilicura con Avenida Américo Vespucio, donde termina la obra pública fiscal denominada "Sistema Norte – Sur", y aproximadamente el Km. 26 de la Ruta 5 Norte a Santiago, toda vez que su entorno ha tenido un vertiginoso desarrollo urbano que ha generado una caracterización de la demanda vial del sector más asociada a un comportamiento de ciudad que de larga distancia, siendo urgente anticipar las inversiones de este Programa, que contemplan nuevas pistas de circulación, calles de servicio continuas y unidireccionales, nuevas pasarelas y enlaces, la implementación de un sistema de cobro electrónico con TAG (free flow) y modernos servicios de atención a usuarios.

- Que con fecha 24 de junio de 2009, el Ministerio de Obras Públicas y la Sociedad Concesionaria Autopista del Aconcagua S.A., suscribieron un protocolo de acuerdo en el cual se estipuló que la Sociedad Concesionaria desarrollaría los estudios preliminares formados por: "Evaluación Socioeconómica y Diseño Conceptual para la Ruta 5 Norte en el Sector Vespucio Norte – Peaje Lampa" y "Propuesta de Anteproyecto del Sector Urbano de la Ruta 5 Norte", en coordinación con la Coordinación de Concesiones de Obras Públicas, los que serían revisados por el MOP y otros entes...

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