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Decreto núm. 58, publicado el 24 de Mayo de 1985. OTORGA CONCESION DE RADIODIFUSION SONORA A COMPAÑIA RADIO CHILENA S.A.

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyDecreto

OTORGA CONCESION DE RADIODIFUSION SONORA A COMPAÑIA RADIO CHILENA S.A.

Santiago, 26 de Abril de 1985.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:

Núm. 58.- Vistos:

  1. La Ley Nº 18.168, de 1982.

  2. El decreto ley Nº 1.762, de 1977.

  3. El artículo 1º de la Ley Nº 16.436.

  4. El Nº 2, letra b), del párrafo II de la resolución Nº 1.050, de 1980, de la Contraloría General de la República.

    Considerando:

  5. Lo licitado por la interesada.

  6. Lo propuesto por la Subsecretaría de Telecomunicaciones por oficio Ord. Nº 31.339 del 26.04.85.

    Decreto:

    1. - Otórgase a la sociedad Compañía Radio Chilena S.A., en adelante la concesionaria, concesión de radiodifusión sonora, para la ciudad de Santiago.

    2. - La concesión que por el presente instrumento se otorga faculta a la concesionaria para operar y explotar la estación de radiodifusión sonora en onda media, cuyas características técnicas y ubicación se indican en el numerando siguiente.

    3. - Las características técnicas y ubicación de La emisora, son las siguientes:

      DEL TRANSMISOR PRINCIPAL:

      - Frecuencia: 660 KHz.

      - Potencia: 50.000 watts.

      - Tipo de emisión: 10KOA3EGN.

      - Señal distintiva: CB - 66.

      - Sistema mediante: Mástil radiante de 0,36

      longitudes de onda.

      - Ubicación planta transmisora: Las Parcelas

      esquina Puente Nuevo, Lampa.

      - Coordenadas geográficas: 33º 16' Sur - 70º 45'

      Oeste.

      DEL RADIOENLACE:

      - Frecuencias 316,600 MHz.

      - Potencia: 10 watts.

      - Tipo de emisión: 54KOF3EGN.

      - Desviación máxima: +- 12 KHz.

      - Tipo de Antena: Direccional, polarización

      horizontal con 12 dB de ganancia.

      - Ubicación Estudios: Phillips Nº 40, piso 2º

      Santiago.

      El Presidente de la República, previo informe de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaria, podrá disponer que la concesionaria modifique estas características por razones de orden técnico, de interés público o en cumplimiento de acuerdos o convenios internacionales obligatorios del Estado.

    4. - La concesión que se otorga por el presente decreto es intransferible e intransmisible y su plazo es de 15 años, contados desde el 23 de Septiembre de 1985.

    5. - Apruébanse los planos y memoria descriptiva de la radioemisora. La documentación quedará archivada en la Subsecretaría, sin perjuicio de la obligación de la concesionaria de presentar nuevos planos y memoria descriptiva en caso de modificaciones.

    6. - La concesionaria deberá continuar el servicio que autoriza el presente decreto, con los medios indicados en la documentación mencionada anteriormente...

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