Decreto 56 - MODIFICA CONCESION DE RADIODIFUSION SONORA EN FRECUENCIA MODULADA QUE INDICA
Emisor | MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES |
Rango de Ley | Decreto |
MODIFICA CONCESION DE RADIODIFUSION SONORA EN FRECUENCIA MODULADA QUE INDICA
Santiago, 30 de enero de 2003.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 56.- Vistos:
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El decreto ley Nº 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría;
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La ley Nº 18.168, de 1982, Ley General de Telecomunicaciones, en adelante la ley;
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El número 1º del artículo 3º del párrafo III de la resolución Nº 55 de 1992, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por la resolución Nº 520 de 1996, ambas de la Contraloría General de la República;
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El decreto supremo Nº 126 de 01.04.97, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora;
y,
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El decreto supremo Nº 242 de 17.12.1990, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión.
Considerando:
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La solicitud de autorización previa para transferir la concesión, otorgada mediante el decreto supremo indicado en la letra e) de los vistos, ingreso Subtel Nº 21.320 de 23.05.2002;
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La resolución exenta Nº 1.446 de 29.10.2002, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría, que autorizó previamente la transferencia;
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La escritura pública de fecha 18.12.2002, celebrada ante don Humberto Toro Martínez-Conde, Notario Público de la agrupación de comunas de Temuco, Melipeuco, Vilcún, Cunco, Freire y Padre Las Casas, que da cuenta material de la transferencia de la concesión, así como de la inserción en la misma de la resolución que dispuso la autorización previa a la que se refiere el inciso tercero del artículo 21º de la ley;
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La solicitud de modificación, por cambio de titular, de la concesión, objeto de la transferencia, ingreso Subtel Nº 10.330 de 07.01.2003;
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Que el representante de la persona jurídica adquirente es chileno y no se encuentra sometido a proceso o condenado por delito que merezca pena aflictiva;
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Lo informado por la Comisión Preventiva Regional de la IX Región, por Carta C.P.R. Nº11-06-02 de fecha 31.05.2002; y en uso de mis atribuciones,
D e c r e t o:
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Modifícase la concesión de radiodifusión sonora en frecuencia modulada, señal distintiva XQD-101, para la ciudad de Lautaro, IX Región, cuyo titular es don Luis Gerardo Soto Crisosto, RUT Nº 5.772.068-9, según consta en el decreto supremo indicado en la letra e) de los Vistos, en el sentido que su...
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