Decreto 347 - MODIFICA CONCESION DE RADIODIFUSION SONORA EN FRECUENCIA MODULADA QUE INDICA
Emisor | MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES |
Rango de Ley | Decreto |
MODIFICA CONCESION DE RADIODIFUSION SONORA EN FRECUENCIA MODULADA QUE INDICA
Santiago, 30 de junio de 2004.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 347.- Vistos:
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El decreto ley Nº 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría;
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La ley Nº 18.168 de 1982, Ley General de Telecomunicaciones, en adelante la ley;
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El número 1º del artículo 3º del párrafo III de la resolución Nº 55 de 1992, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por la resolución Nº 520 de 1996, ambas de la Contraloría General de la República;
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El decreto supremo Nº 126 de 1997, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora;
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La resolución exenta Nº 479 de 1999, modificada por la resolución exenta Nº 1.117 de 2000, ambas de la Subsecretaría, que fija norma técnica para el servicio de radiodifusión sonora;
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El decreto supremo Nº 32 de 18.01.2001, que otorgó la concesión, modificado por decretos supremos Nº 475 de 24.09.2001, Nº 10 de 16.01.2003 y Nº 717 de 05.12.2003, todos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones;
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La resolución exenta Nº 641 de 13.05.2004, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que autorizó provisoriamente la modificación de concesión.
Considerando: a) La solicitud de modificación, ingreso Subtel Nº 23.794 de 17.03.2004, complementada por la solicitud ingreso Subtel Nº 29.280 de 13.04.2004;
D e c r e t o:
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Modifícase la concesión de radiodifusión sonora en frecuencia modulada, para la localidad de Las Tacas, señal distintiva XQA-367, otorgada mediante decreto supremo mencionado en la letra f) de los Vistos, cuyo titular es el Arzobispado de La Serena, RUT Nº 81.779.300-2, con domicilio en Los Carrera Nº 450, comuna de La Serena, IV Región, en los términos que a continuación se indican.
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Apruébase el proyecto técnico contenido en la solicitud de modificación presentada por la concesionaria. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría.
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Autorízase a la concesionaria para incorporar estudio alternativo y radioenlace estudio alternativo-planta, en los términos que a continuación se señalan:
Estudio Alternativo
- Dirección : Cerro El Toro, comuna de
Andacollo, IV Región.
- Coordenadas geográficas : 30°14'52" Sur; 71°08'15"
Oeste.
Características del radioenlace Estudio Alternativo -
Planta
- Frecuencia : 304,3 MHz.
- Potencia máxima : 10 watts.
- Tipo de emisión : 180KF8EHF.
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