Decreto 955 - OTORGA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN MÍNIMA COBERTURA PARA LA COMUNA DE OLIVAR
Emisor | MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES |
Rango de Ley | Decreto |
OTORGA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN MÍNIMA COBERTURA PARA LA COMUNA DE OLIVAR
Santiago, 8 de octubre de 2007.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 955.- Vistos:
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El decreto ley Nº 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría;
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La ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley;
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El Nº 1 del artículo 3 del párrafo III de la resolución Nº 55 de 1992, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado, fue fijado por la resolución Nº 520 de 1996, ambas de la Contraloría General de la República;
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El decreto supremo Nº 126 de 1997, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora;
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La resolución exenta Nº 36 de 1987, de la Subsecretaría, que fijó norma sobre requisitos básicos de las estaciones de radiodifusión sonora;
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La resolución exenta Nº 479 de 1999, modificada por la resolución exenta Nº 1.117 de 2000, ambas de la Subsecretaría, que fijó norma técnica para el servicio de radiodifusión sonora, y
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La resolución exenta Nº 287, de 08.03.2007, de la Subsecretaría, que aprobó las bases del concurso público de radiodifusión sonora, correspondiente al primer cuatrimestre de 2007.
Considerando:
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El llamado a concurso público para optar a concesiones de radiodifusión sonora en mínima cobertura, efectuado por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, publicado en el Diario Oficial Nº 38.663, de 15.01.2007.
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Lo solicitado por la interesada, mediante ingreso Subtel Nº 23.495, de 29.03.2007.
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Lo informado por la Subsecretaría, mediante memorándum Nº 159/C, de 24.05.2007.
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La resolución exenta Nº 923, de 19.07.2007, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que asignó la concesión de radiodifusión sonora en mínima cobertura, para la comuna de Olivar, VI Región, a la Cooperativa de Servicios de Abastecimiento y Distribución de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento Ambiental Yungay Gultro Los Lirios Ltda.
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Que no de dedujo reclamación en contra de la resolución exenta que asignó la concesión,
Decreto:
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- Otórgase una concesión de radiodifusión sonora en mínima cobertura para la comuna de Olivar, VI Región, a la Cooperativa de Servicios de Abastecimiento y Distribución de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento Ambiental Yungay Gultro Los Lirios Ltda., RUT. Nº83.898.700-1, con domicilio en Camino a Termas Nº684, Gultro, comuna de Olivar, VI Región, en adelante la concesionaria.
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